Acta nº 45-2000 de Corte Plena, 27 de Noviembre de 2000

Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2000
EmisorCorte Plena

N° 45-2.000

Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horas treintaminutos del veintisiete de noviembre de dos mil, con asistencia inicial de losMagistrados M., P.; Montenegro, R., A., F., R.,C.M., S., S., Arguedas, V., y los S.F.L.S., Á.M.L., R.V.H. y S.C.A.,en reemplazo de los Magistrados Zamora, Z. y Calzada, por hallarseincapacitado para el trabajo el primero y permiso con goce de salario para otras actividades del cargo los dos últimos.

ARTÍCULO I

Se aprobó el acta de la sesión celebrada el 13 de noviembre en curso, N° 42-2000.Los Magistrados Mora, F., A. y los S.V.S.,M.L. y V.H., se abstuvieron de votar por no haber asistido a esa sesión.

ARTÍCULO II

ENTRA EL MAGISTRADO ROJAS.

Atenor de lo que establece el inciso 17) del artículo 13 de la Ley de Creación del Registro y Archivo Judicial, se autorizó al Jefe del Registro Judicial,para que extienda las certificaciones de antecedentes penales que eventualmente aparezcan en relación con las siguientes personas:

1.-

R.C.Q., cédula N° 3-269-282, para trámites laborales en los Estados Unidos de América.

2.-

B.B., cédula de residencia N° 125-0187539-0001201, para trámites laborales en las Islas Gran Caymán. Se autoriza a la Licda M.V.R., cédula N° 1-863-014 para que retire la certificación.

3.-

I.P.R., cédula N° 1-1144-274, para tramitar una beca en Cuba.

4.-

W.B.H., cédula N° 7-041-644, para tramitar la visa de residencia en los Estados Unidos de América.

5.-

G.M.S., cédula N° 1-576-204, para participar en el Programa Visitantes Internacionales de Facultad en los Estados Unidos de América.

6.-

N.P.A.M., cédula N° 1-757-054, para tramitar la visa deresidencia en Suecia. Se autoriza a la señora E.C.V., cédula N° 1-242-860 para retirar la certificación.

7.-

E.V.M., cédula N° 1-468-015, para fines de residencia enSuecia. Se autoriza a la señora E.C.V., cédula N° 1-242-860 para retirar la certificación.

8.-

E.G.V.A., cédula N° 2-462-416, para participar en un programa de intercambio cultural en los Estados Unidos de América.

9.-

S.S.S., cédula N° 1-1081-267, para tramitar una beca en Cuba.Se autoriza a la señora E.S.J., cédula N° 2-238-544 para que retire la certificación.

ARTÍCULO III

ElDoctor E.G.S., Director de la Vicerrectoría de Docencia de la Universidad de Salamanca, en nota recibida el 16 de noviembrede este año, manifiesta que se le concedió al Licenciado Armando ElizondoAlmeida, quien realiza estudios de doctorado en esa Universidad, la exención delas tasas académicas correspondientes al período de investigación, en elPrograma de Doctorado "Regulación del Mercado de Trabajo", por un importe de 53.520 pesetas.

Se acordó:Tomar nota de la anteriorcomunicación y expresar a la Universidad de Salamanca el agradecimiento de esta Corte, por lo dispuesto en relación con el Lic. E.A..

ARTÍCULO IV

ElLicenciado A.A., Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa, en oficio N° D.E. 2230-11-00 de 17 de este mes, informa que en lacorriente legislativa se incluyeron los proyectos de "Ley de Creación de unJuzgado de Violencia Doméstica en el Segundo Circuito Judicial de San José" y"Ley de Creación de un Juzgado de Violencia Doméstica en el Circuito Judicialde Heredia, Primer Circuito Judicial de Alajuela y Circuito Judicial de Cartago, y un Juzgado Penal en el cantón de La Unión de la Provincia de Cartago".

Se dispuso:Tomar nota de la comunicación que antecede.

ARTÍCULO V

ElLicenciado A.J.L., Coordinador de Desarrollo Institucional,mediante oficio N° 243-CD-00 de 22 de este mes, manifiesta que en reunión de seguimientode la labor del Juzgado Civil de Cartago, se acordó recomendar a la Corte Plena, autorice que la Oficina de Recepción de Documentos que funciona en el Edificiode Tribunales de Cartago desde el 17 de octubre del presente año, recibadocumentos de las 7:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes, con el cierre normal de una hora al medio día.

Se acordó : Acoger la recomendación que seindica. En consecuencia se autoriza a la Oficina de Recepción de Documentos del Edificio de Tribunales de Cartago, para que reciba documentos de las 7:00 horas a las 18:00 horas de lunes a viernes, con el cierre de ésta al mediodía.

ARTÍCULO VI

L.S.A.M., Secretaria de la Comisión de Enlace Corte-O.I.J., en nota de 20 de noviembre en curso, adjunta copia deldocumento relacionado con la Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo -CID/Gallup, sobre la opinión pública en el tema de la seguridad.

Se acordó:Tomar nota de la anterior comunicación.

ARTÍCULO VII

En sesión del 19 de junio del presente año, artículo XXX, se acogió elinforme N° 742-PLA-2000 de la Sección de Proyección del Departamento dePlanificación, aclaratorio del acuerdo tomado en la sesión del 13 de diciembrede 1999, artículo XIX, sobre los roles de disponibilidad y turnos. En lo conducente, el referido informe dice:

"[.]

2. En el cantón de Sarapiquí, se estableció un rol mediante el cualesta zona se atiende desde el punto de vista Jurisdiccional de Lunes a Viernespor el Juez Penal de Sarapiquí, efectuando un rol durante fines de semana yperíodos largos entre el Juez Penal y el Juez Contravencional de Sarapiquí para atender lo que corresponda a turnos y disponibilidad.

A su vez, en lo que respecta a la Fiscalía, ésta es responsable de atender tanto de Lunes a Viernes como en fines de semana yperíodos largos. En cuanto a la Oficina de la Defensa Pública, al contar solo con un servidor, se estableció un rol mediante el cual, porconcepto de disponibilidad corresponderá la atención al Defensor Público de esaOficina, de Lunes a Viernes, siendo que en fines de semana y períodos largos la atención le corresponderá a los Defensores Públicos ubicados en la Oficina de la Defensa Pública del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.

Con respecto a la atención deturnos, considerando que en la zona existen las figuras necesarias paraestablecer una política en este sentido (Juez, F., Defensor y Policía Judicial),se determinó viable atender turnos en Sarapiquí durante fines de semana yperíodos largos; contando para ello con al menos dos Jueces (el Penal y elContravencional) y dos Fiscales, lo cual permite establecer un rol equitativoentre ambos; sin embargo, para el caso de la Oficina de la Defensa Pública de Sarapiquí, ésta cuenta únicamente con un Defensor Público, lo cual no permiteestablecer un rol. En este entendido, se solicitó colaboración a la Oficina de la Defensa Pública del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica para que durante fines de semana y períodos largos asuman los turnos deSarapiquí, ya sea por medio del mismo Defensor disponible para la zona de Pococí o mediante otro profesional.

No obstante lo anterior, seconsidera adecuado, incluir dentro de la política de disponibilidad y turno defines de semana al Defensor Público de Sarapiquí, de forma que fin de semana depor medio, atienda tanto la disponibilidad como el turno en Sarapiquí. L., en el entendido que los restantes fines de semana y períodos largosseguirán siendo cubiertos por la Oficina de la Defensa Pública del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, de forma que se designe por rol a un Defensor de ese despacho, diferente al que esté de turno para la atenciónde los asuntos de Pococí-Guácimo, para que se traslade a Sarapiquí a atender elturno de esa zona, al respecto es importante señalar que la disponibilidadseguirá siendo atendida por el Defensor disponible en la zona dePococí-Guácimo. Lo anterior, hasta tanto no se cuente con un recurso adicionalde Defensor Público en Sarapiquí, en cuyo caso la política variará de forma quecorresponda exclusivamente la atención de disponibilidad y turnos a la Oficina de la Defensa Pública de Sarapiquí tanto de Lunes a Viernes como en fines de semana y períodos largo.[.]"

--- o ---

La Licenciada M.I.M.C., J. de la Defensa Pública, con base en los argumentos expuestos en oficio N° 538-2000 de 18 de agostoúltimo, hace saber la disconformidad expuesta por los Defensores Públicos de Guápiles y solicita se reconsidere el acuerdo de referencia.

Se dispuso:Previamente a resolver lo que corresponda, trasladar la gestión de la Licenciada M.C. a estudio e informe del Departamento de Planificación.

ARTÍCULO VIII

ElConsejo Superior, en sesión de 19 de octubre recién pasado, artículo LXVIII, dispusotrasladar al Departamento de Planificación para su estudio e informe, la notasuscrita por el Licenciado R.C.C., Coordinador del Juzgado Civilde Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, enque solicita se mantenga para el año 2001 la jornada vespertina con el personal que actualmente se encuentra laborando.

En atención a dicho acuerdo, la Licenciada M.A.C., Jefa del Departamento de Planificación, en oficio N°1598-PLA-2000 de 10 de noviembre del presente año, transcribe parte del informeN° 088-CE-2000 de la Sección de Control y Evaluación, en que se recomiendamantener por todo el año 2001 los 4 jueces 1 y los 5 auxiliares judiciales 1, a fin de no desmejorar la labor de ese despacho judicial, pero sujeto a evaluaciones periódicas para determinar su nivel de rendimiento.

Se acordó:Acoger la recomendación delDepartamento de Planificación y, en consecuencia, mantener por todo el año 2001en forma extraordinaria las cuatro plazas de juez 1 y las cinco de auxiliarjudicial 1 en el Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del SegundoCircuito Judicial de San José, para los fines indicados y sujeto a evaluaciones periódicas para determinar el nivel de rendimiento.

Los Departamentos de Personal y de Planificación tomarán nota para lo de sus cargos.

ARTÍCULO IX

E.L.V.J., Director Ejecutivo, con oficio N° 6295-DE-00 de 15de noviembre en curso, remite la nota N° 1769-DE/AL-00 suscrita por elLicenciado C.T.M.R., J. de la Sección de Asesoría Legal, referente a la comunicación de fecha 9 de los corrientes, en que elLicenciado E.R.A., Juez Civil de Turrialba, manifiesta que se hadesignado a varios curadores concursales de la lista seleccionada por la...

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