Sentencia nº 00139 de Sala 2ª de la Corte Suprema de Justicia, de 4 de Julio de 1984

PonenteAlfredo Cob Jiménez
Fecha de Resolución 4 de Julio de 1984
EmisorSala Segunda de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia84-000139-0005-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de riesgo del trabajo

Resolución 84-139.LABSALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- S.J., a las quince horas y diez minutos del cuatro de julio de mil novecientos ochenta y cuatro.

Riesgo profesional establecido ante el Juzgado Segundo de Trabajo de esta ciudad por J.M.M.S., maestro de obras, vecino de Desamparados contra ALVARO y ROBERTO, ambos de apellidos J.S., estudiantes. Interviene como apoderado general sin límite de suma de los demandados el señor H.S.H., contabilista, quien a su vez otorgó poder especial judicial al Licenciado E.G.R., abogado. Figura además como apoderado del actor la Licda. L.R.S.B., abogada; todos mayores, casados, excepto A. y roberto, ambos J.S., que son solteros y de este vecindario los demás.

RESULTANDO:...

R. elM.C.J.; y,

CONSIDERANDO:

  1. El accidente que sufrió el actor, y que ha motivado este juicio, se produjo cuando él se encontraba en estado de ebriedad. Es cierto que después de ese lamentable hecho, y luego de que fue llevado al Hospital San Juan de Dios, no se le practicó la prueba de la alcoholemia, pero esta omisión, por sí sóla, no da base para afirmar que el señor M.S. se encontrara en esa oportunidad, en condiciones normales; por el contrario, las declaraciones de los testigos P.J.V. y L.G.H.B. (folios 27 a 28), así como las de los señores L.R. Quesada Granados (folio 11), y F.M.S. (folio 24), leídas éstas detenidamente, llevan todas a la conclusión, de que poco antes de suceder el percance los citados testigos J. e H. encontraron al señor M. en el Pasaje la Parra -lugar de su trabajo- "bastante ebrio", y el señor J. dispuso que H. se quedara como guarda, en vez del actor, por encontrarse éste en aquel inconveniente estado. Las llaves del Pasaje que estaban en manos del señor M. le fueron entregadas a H., quien procedió a cerrar el portón del Pasaje, y fue a su casa a traer una cobija; a su regreso se encontró al actor lesionado, y fue necesario abrir el portón para sacarlo y llevarlo al Hospital. Esto hace presumir que el señor M. entró al Pasaje, y al pasar sobre el portón se cayó y recibió el golpe que lo dejó incapacitado. Además, si tuviera que admitirse que la lesión no la sufrió el actor como consecuencia de subir y pasar sobre el portón que se encontraba con lleve, cerrado, siempre habría que concluir que el accidente vino no en ocasión o por consecuencia del trabajo, pues al tiempo en que el infortunio se produjo, ya el señor M. había sido sustituido en su puesto de guarda, por el señor H.. Artículo 203 del Código de Trabajo vigente al ocurrir los hechos que dieron origen a este juicio.

  2. Alega la parte recurrente que el Tribunal Superior de Trabajo no podía revocar el fallo del Juzgado que obligaba a los demandados a pagar una indemnización al señor M., por cuanto ese fallo había sido recurrido por ambas partes situación ésta, dice la recurrente, que de acuerdo al párrafo final del artículo 495 del Código de Trabajo impedía al Tribunal Superior revocar la sentencia. Pero esta tesis es inadmisible, porque la simple lectura de esa regla demuestra la facultad que tiene el órgano judicial de segunda instancia para revocar el fallo del Juzgado. Dice así el texto de ese párrafo:

"Dicho Tribunal podrá confirmar, enmendar o revocar, parcial o totalmente, lo resuelto por el Juez, aunque el expediente le hubiere llegado en consulta o sólo por apelación de alguna de las partes".

Como se ve, si la revocatoria puede acordarla el Tribunal Superior de Trabajo cuando el juicio "hubiere llegado en consulta o por apelación de alguna de las partes", con igual razón el Tribunal tiene facultad para revocar la sentencia de primera instancia cuando ha sido apelada por ambas partes como ocurrió en este caso, como quiera que la apelación, en principio, es el derecho que brinda la ley a las partes para lograr que el superior enmiende o revoque una decisión judicial del a quo que le ha sido adversa, y si así no fuera -como lo entiende la recurrente- se haría nugatorio este derecho de los litigantes.

POR TANTO:

Se confirma la sentencia del Tribunal Superior de Trabajo.

Miguel Blanco Quirós

German Fernández Herrera Alfredo Cob Jiménez

Alvaro Carvajal Lizano Miguel Angel Sotela Quijano

Rolando Vega Robert

Secretario rza.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR