Sentencia nº 00715 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 22 de Junio de 1990

PonenteRodolfo Piza Escalante
Fecha de Resolución22 de Junio de 1990
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia90-000579-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

Voto 715-90

Fecha: 22-6-90

Hora: 16:40

Expediente: No. 579-90

Recurrente: Compañía Metalúrgica Nacional

Agraviado: Compañía Metalúrgica Nacional

Recurrido: Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

Redacta: Magistrado P.E.

ARCHIVO DEL EXPEDIENTE

Desistimiento

Satisfacción extraprocesal

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las dieciséis horas con cuarenta minutos del veintidós de junio de mil novecientos noventa.

Recurso de amparo interpuesto por el señor I.N.B., apoderado generalísimo de la Compañía Metalúrgica Nacional, sociedad de responsabilidad limitada, contra el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.

R. elM.P.E.; y,

CONSIDERANDO:

UNICO: Alega el recurrente que la entidad recurrida inició el debido proceso que se le reclamaba y concedió la suspensión del acto administrativo que interesaba, por lo que al haberse satisfecho extraprocesalmente la pretensión que originó este recurso, solicita el desistimiento y que se archive el expediente. Como lo ha dicho la Sala en otras ocasiones, el desistimiento sólo procede cuando los derechos en que se fundamente la acción sean meramente patrimoniales y otros renunciables de conformidad con el artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y siempre que la Sala se encuentre satisfecha de que no se causará con ello un daño grave al administrado o se consolide una violación a sus derechos. Siendo éste el caso y al haber ocurrido la satisfacción antes de que la Sala notificara la resolución inicial, lo procedente es acoger el desistimiento y ordenar el archivo del expediente.

POR TANTO:

Se ordena archivar por satisfacción extraprocesal antes de la notificación.

A.R.V., R.P.E., J.B.G., J.E.C.B., J.L.A., L.F.S.C., L.P.M.M., J.C.C.L., secretario.

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