Sentencia nº 00777 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 24 de Enero de 2012

PonenteGilbert Armijo Sancho
Fecha de Resolución24 de Enero de 2012
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia11-016585-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

Exp:11-016585-0007-CO

Res. Nº 2012000777

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de enero de dos mil doce.

Recurso de amparo interpuesto por E.A.F.F., contra el Consejo de Seguridad Vial.

Resultando:

  1. -

    Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las 16:24 horas del 20 de diciembre del 2011, el recurrente manifiesta que tiene una empresa de transporte, conformada por un taxi y dos busetas, de las cuales una la trabaja con contrato de porteo. Manifiesta que en marzo del 2010, se le confeccionó una boleta de citación a la buseta placa número […], y se le aplicó una multa de 297.000 colones, la cual para esta fecha se ha incrementado a 400.000 colones, -misma que considera desproporcionada-, además, le rebajaron 25 puntos de la licencia, lo anterior, cuando se dirigía con un grupo de niños a un evento, bajo el argumento que el permiso de transportes de estudiantes no aplica para los días sábados, sin tomar en cuenta que los menores con los que viajaba son alumnos de la institución para la cual labora. Por otra parte, el 29 de marzo del 2010, se confeccionó un parte a la […], misma que cuenta con un contrato de porteo; no obstante, en la justificación del parte se consignó "ejercer servicio público no autorizado", sin tomar en cuenta la documentación y permisos que mostró y consecuentemente, le restaron los 25 puntos de la licencia que le quedaban. Aduce que tiene diecisiete años de ser chofer y solo en eso ha laborado; sin embargo, sin licencia no puede trabajar. Consideraque el montode las multas, 859.339.00 colonesentre las dos, es irracional y desproporcionado.

  2. -

    Informan bajo juramento S.B.B., en su calidad de Directora Ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial, y C.E.R.F., Jefe del Departamentode Infracciones del Consejo de SeguridadVial, que de acuerdo con sus registrosal recurrente se le confeccionó la boleta de citación 2-43900803-2010 el 24 de julio de 2010. La otra boleta (2-196294-2009 del 31 de marzo de 2010) se confeccionó por prestar el servicio de transporte público sin autorización del Consejo de Transporte Público. El sancionado adujo que contaba con un contrato de porteo. Los conductores sancionados pueden ejercer su derecho de defensacon base en lo indicado en el artículo 152 de la Ley de Tránsito. F.F. impugnó la boleta 2-43900803 y sus argumentos no fueron acogidos en la Unidad de Impugnaciones de H., en resolución 511-2011-LB del 29 de agostode 2011. También impugnó la boleta 2-196294-2009, pero tampoco eneste caso se acogió sus argumentos, rechazadospor resolución 511-2011-LB del 29 de agosto de 2011. En vista de que incurrir en la conducta del artículo 130 inciso c) de la Ley de la materia produce la pérdida de 25 puntos, al haber incurrido en dos infracciones, perdió la totalidad de los puntos. El tema fue resuelto en el ámbito de legalidad y esta no es la vía adecuada para reabrir la discusión. El sistema de licencia por puntos de la Ley #8696, que entró en vigencia el 1° de marzo de 2010 determina que si se agotan los puntos,la licencia de conducir queda suspendidapor dosaños (artículos 71 bis y 71 ter). También rechazan el argumentode la irrazonabilidad y desproporción del monto de las multas. Solo entre n 2% y un 3% de los conductores activos se hacen acreedores a sanciones. Con el incremento en el monto de las multas de tránsito se pretende revertir las conductas contrarias a la legislación de tránsito, que ponen en peligro la seguridad y vida de las personas.No es un argumentode recibo no estar en capacidad deenfrentar la sancióneconómica por suconducta temeraria, o pretender que la sanción no le signifique ninguna repercusión relevante. Para los años 2007, 208 y 2009, entre los factores de riesgo en accidentes de tránsito, el exceso de velocidad es el primero. Hacen ver que la propuesta de reforma a la Ley de Tránsito, en discusión en la Asamblea Legislativa, mantiene un similar impacto económico a la conducta que se achaca a la recurrente. La seguridad en el tráfico es un bien jurídico relevante. La multa no implica una restricción irracional, ni es intrínsecamente injusta. En diversas leyes se contemplan multas más severas, como en al Ley de Patrimonio Histórico (artículo 21), Ley General de Concesiones (artículos 19 y 50), Ley del Sistema de Estadística Nacional (artículo 49), el Código Procesal Contencioso (artículos 56, 75 y 159), Ley de Control de Ganado Bovino (artículo 18), Ley de Pesca y Acuicultura (artículos 136 y 141), Código Electoral (artículos 286 y 292). Solicitan que sedesestime el recurso planteado.

  3. -

    En los procedimientos seguidos se haobservado las prescripciones legales.

    R. elM.A.S.; y,

    Considerando:

    Único: Ante este Tribunal se encuentra pendiente de resolución la acción de inconstitucionalidadque se tramita bajo el expediente #11-014415-0007-CO, mediante la cual, se impugna el artículo 130, inciso c), de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, por estimarse contrario a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, que derivan de lo dispuesto en los artículos 28, 39, 41, 45 y 46 de la Constitución Política. Ahora bien, como este proceso de amparo versa sobre hechos que tienen fundamento en la disposición impugnada, a saber, la imposición de dos partes con multas por un total de 859.339.00 colones por aplicación de la norma citada de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, con fundamento enlodispuestoporlosartículos 81y 82delaLeydelaJurisdicción Constitucional, se reserva el dictado de la sentencia de este recurso, hasta tanto, no sea resuelta la acción de inconstitucionalidadmencionada.

    Por tanto:

    Se reserva el dictado de la sentencia de este recurso de amparo hasta tanto no searesuelta la acción de inconstitucionalidad que bajoexpedientenúmero 11-014415-0007-CO, se tramita ante este Sala.

    Ana Virginia Calzada M.

    Presidenta

    Gilbert Armijo S.ErnestoJinesta L.

    Fernando Cruz C.FernandoCastillo V.

    Paul Rueda L.RodolfoE. P.R.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR