Sentencia nº 11516 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 24 de Agosto de 2012

PonenteFernando Cruz Castro
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2012
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia11-012934-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

Exp: 11-012934-0007-CO

Res. Nº 2012011516

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J., a las nueve horas cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil doce.

Recurso de amparo interpuesto porM.V.M., cédula de identidad […], a favor […]; contra la DIRECTORA EJECUTIVAY EL JEFEDE LA UNIDADDE IMPUGNACIONES,AMBOSDEL CONSEJODE SEGURIDADVIAL (COSEVI).

Resultando:

  1. -

    Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las ocho horas cuarenta y siete minutos del 14 de octubredel de dos mil once, la recurrente interpone recurso de amparo contra el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) y manifiesta quepor medio de las boletas de citación número […], se impuso al vehículo placas de circulación número […], tres multas de doscientos treinta y siete mil ciento cincuenta colones cada una de ellas. Considera que dichas multas resultan contrarias al principio de proporcionalidad establecido y desarrollado por esta S., pues constituye una suma muy elevada en consideración con el salario mínimo percibidopor muchos costarricenses.Lo alegado en este amparo guarda relación con la acción de inconstitucionalidad que bajo expediente número 11-005043-0007-CO pende de resolución ante esta Sala. Por lo expuesto, estima que con los hechos impugnados se violentan sus derechos fundamentales. Solicita la recurrente que sedeclare con lugar el recurso.

  2. -

    Informa bajo juramento S.B.B. en su calidad de Directora Ejecutiva y C.E.R.F.E. la Unidad de Impugnaciones de Boletas de Citación, ambos funcionarios del Consejo de Seguridad Vial, que efectivamente los días 8, 16 y 17 de septiembre de dos mil once,seleconfeccionaronlasboletasdecitaciónnúmero […] por infringir el artículo 131 inciso a)en relación con el numeral 108 de la Ley de Tránsito Vías Públicas Terrestres, Ley No. 7331. En esos momentos se detectaron velocidades de 83, 86 y 88 kilómetros por horas respectivamente. El vehículo involucradoen las tres infraccionesse encuentra inscrito registralmente a nombre de […] Rechazan que el argumento de que la multa sea desproporcionada. Consideran que con el nuevo sistema de multas pretendió revertir la gran cantidad de accidentes, en respeto de losderechosalaviday alaintegridadpersonal.Queenlaacciónde inconstitucionalidad tramitada bajo expediente número 11-005043-0007-CO,la Sala Constitucional le dio curso únicamente contra lo dispuesto en el inciso b) del artículo 131 de la Ley de Tránsito, motivo por el cual lo denunciadopor la recurrente no guarda relación alguna. Señalan que el controlde velocidadpor tipicidad no se encuentra regulado en lo dispuestoartículo 131 inciso a) en cuestión.Solicitan que se desestime el recurso planteado.

  3. -

    En los procedimientos se ha observado las prescripciones legales.Redacta el Magistrado Cruz Castro; y,

    Considerando:

    Único.-

    En el presente asunto, del estudio de los autos se deduce que la actuación impugnada por la recurrente tiene fundamento lo dispuesto en artículo 131 inciso a) de la Ley de Tránsito Vías Públicas Terrestres, Ley No. 7331, norma que sanciona a quién conduzca de forma temeraria y cuya constitucionalidad fue impugnada en la acción de inconstitucionalidad que se tramita bajo el expediente número11-12290-0007-CO, la cual ésta S. le dio curso por resolución de las trece horas cincuenta y dos minutos del 21 de octubre del dos mil once. En virtud de lo anterior, esta S. considera que la tramitación del presente asunto debe ser suspendida, hastatanto no sea resuelta la acción antes citada.

    Por tanto:

    Se suspende la tramitación del presente asunto, hasta tanto no sea resuelta la acción de inconstitucionalidad que se tramita ante esta S., bajoel expediente número 11-012290-0007-CO.

    Ana Virginia Calzada M.

    Presidenta

    Gilbert Armijo S.ErnestoJinesta L.

    Fernando Cruz C.FernandoCastillo V.

    Paul Rueda L.RosaMaría Abdelnour G.

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