Sentencia nº 02315 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 17 de Marzo de 1994

PonenteOscar González Camacho
Fecha de Resolución17 de Marzo de 1994
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia91-000085-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso jerárquico impropio

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- S.J., a las siete horas treinta minutos del diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y cuatro.

Por apelación del señor O.J.M., mayor, casado, auditor, vecino de Curridabat, con cédula de identidad N uno guión trescientos ochenta y dos guión trescientos ochenta y ocho, conoce este Tribunal del acuerdo emitido por la MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT en el artículo segundo de la sesión ordinaria número sesenta y dos, celebrada el diez de enero de mil novecientos noventa y uno, que en lo de interés dispuso: "ARTICULO SEGUNDO: MOCION DE LOS R.L.S., B.A., TERESA OCAMPO, BOLIVAR ALVAREZ, H.S., MARIO NAVARRO: DESPIDO DEL AUDITOR. Seprocede a dar lectura a la moción, la cual literalmente dice: "Considerando; entre otros hechos: 1) Que el señor A. de este Concejo a pesar de las denuncias aquí hechas y que él se ha negado a oir, no se ha incorporado, como lo ordena la ley a alguno de los Colegios Profesionales de Contadores. 2) Que existen quejas escritas sobre su comportamiento y lenguaje irrespetuoso, grosero e impropio de un funcionario de este Concejo al referirse a los empleados municipales. Que tales quejas obran en poder de este Concejo. 3) Que ha incumplido con el programa de Trabajo para el año 1990 y que el Concejo no ha recibido ninguna explicación confiable al respecto. 4) Que esta Municipalidad no puede Trabajar en forma alguna con un Auditor que lo irrespeta sistemáticamente. 5) Que el señor A. hizo abandono de su trabajo y que tal abandono está comprobado. MOCIONAMOS: Para que se proceda al despido con causa justa del señor A. en forma inmediata. Y que se encargue una comisión integrada por el Lic. B. allen, B. A., y M.N., regidores propietarios todos, para que a nombre de este Concejo informen así a la Contraloría General de la República.". Una vez analizada la moción leída, se aprueba en forma firme con seis votos a favor (L.S., B.A., T.O., B.A., H.S., M.N. y uno en contra (Carmen Blanco Cordero)."

Redacta el J.O.G.C.; y,

CONSIDERANDO

I.-

Que mediante el acuerdo recurrido se procedió a la destitución del señor O.J. M. como A. de la Municipalidad de Curridabat argumentando varias faltas del indicado funcionario. Posteriormente, y ante los alegatos del afectado en cuanto a la violación del artículo 18 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito de los Servidores Públicos, la Municipalidad en mención interpuso a través de su Ejecutivo Municipal, acción de inconstitucionalidad...

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