Sentencia nº 04530 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 3 de Noviembre de 1995

PonenteErnesto Jinesta Lobo
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 1995
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia95-001230-0161-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDiligencias de inscripción de nombre comercial, señal de propaganda y marcas

SECCION TERCERA DEL TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSOADMINISTRATIVO.

S.J., a las nueve horas del tres de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.

Procedimiento administrativo para la inscripción de la marca de fábrica y comercio seguido en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL por M.J.E., divorciada, abogada, vecina de San José, en su calidad de apoderada especial de UNILEVER N.V., domiciliada en Holanda.

RESULTANDO:

  1. -

    La gestionante solicitó al Registro de la Propiedad Industrial la inscripción de la marca de fábrica y comercio "I CAN'T BELIEVE IT'S NOT BUTTER", en la clase veintinueve de la Nomenclatura internacional para proteger y distinguir margarina, aceites y grasas comestibles.

  2. -

    La licenciada L.A.R., Directora del Registro de la Propiedad Industrial, mediante resolución dictada a las trece horas treinta minutos del seis de junio del año en curso resolvió, en lo conducente: "POR TANTO: Este REGISTRO, con base en lo considerado y Ley citada, al resolver declara: I) por estar comprendida la prohibición legal, se rechaza de plano la solicitud del distintivo I CAN'T BELIEVE IT'S NOT BUTTER solicitado como MARCA DE FABRICA Y COMERCIO CL.29 por UNILEVER N.V. (...)."

  3. -

    La solicitante inconforme con dicha resolución apeló, recurso que le fue admitido, y por cuya virtud conoce el Tribunal en alzada.

  4. -

    Al recurso se le ha dado la tramitación que le es propia y no se encuentran errores ni omisiones que invaliden lo actuado o que debanser corregidos, por lo que se procede a dictar esta resolución, dentrodel término de ley, previas las consideraciones de rigor.

    1. elJ.J. LOBO; y,

      CONSIDERANDO:

      UNICO.-

      Este Tribunal comparte las consideraciones del Registro de la Propiedad Industrial para denegar la inscripción de la marca de fábrica y comercio "I CAN'T BELIEVE IT'S NOT BUTTER". El distintivo propuesto, traducido al idioma español significa "NO PUEDO...

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