Sentencia nº 00246 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección II, de 29 de Agosto de 2013

PonenteBernardo Rodríguez Villalobos
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2013
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección II
Número de Referencia07-000377-0163-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoLiquidación de costas personales

NUE 07-000377-0163-CA

No. 246 - 2013-II

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN SEGUNDA. ANEXO A.I. CIRCUITO JUDICIAL. SAN JOSÉ, a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil trece.-

Apelación en tasación de costas personales más intereses formulada por la Superintendencia General de Valorales (SUGEVAL), dentro de los procesos ordinarios acumulados interpuestos por el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA y POPULAR VALORES PUESTO DE BOLSA S.A. contra el BANCO CENTRAL DE COSTA RICA(SUGEVAL), y

RESULTANDO

I.-

Requiere y liquida el representante de la Superintendencia General de Valorales, la suma de dos millones cuatrocientos doce mil colones (¢ 2.412.000,oo) por concepto de costas personales - calculadas sobre ¢12.060.000,oo, que corresponde al monto de la multa impuesta en la resolución SGV-R-806-2004, cuya anulación se pretendía en el proceso ordinario -, más los intereses legales que se generen hasta el momento de su efectivo pago (fs. 438-440 del principal).

II.-

Tras la audiencia conferida a la parte vencida (f. 442 del principal) , Popular Valores Puesto de Bolsa S.A. se opuso, en tiempo, a la liquidación, esencialmente por prematura, no existir comprobado un monto económico, falta de legitimación y no haberse condenado a intereses en el título ejecutorio (fs. 443-445 ibidem).

III.-

Por resolución del Despacho A Quo No. 432-2013, de las 9:00 horas del 28 de febrero del 2013, se dispuso: "POR TANTO :Se rechaza la excepción de falta de legitimación activa para presentar la liquidación que aquí se conoce. Igualmente se rechaza el extremo por intereses solicitado. Se fijan las costas personales de forma prudencial en la suma de UN MILLON DE COLONES. Notifíquese "(fs.

IV.-

Inconforme con lo resuelto, apeló el representante de la SUGEVAL, recurso que le fue admitido y en virtud del cual conoce el Tribunal en alzada (fs. 449-452 y 453 del legajo de segunda instancia).

V.-

A los procedimientos se les ha dado el trámite que le s es propio y no se notan defectos que invaliden lo actuado o que deban ser corregidos, se procede a dictar esta resolución, previa deliberación de rigor dentro del plazo que permiten las obligaciones del despacho.-

Redacta el J.R.V., y

CONSIDERANDO

I.-

Por haberlo omitido el A quo, este Tribunal incorpora un elenco de hechos jurídico procesales tenidos por demostrados, para una mejor comprensión del auto que se dicta :

  1. -

    En el expediente Nº 07-000377-0163-CA, Popular Valores Puesto de Bolsa S.A. peticionabaque:

    “(...) anular los siguientes actos administrativos, así como se disponga la devolución del pago de multa y los intereses que van desde la fecha de cancelación hasta la efectiva devolución a mi representado. / 1) El dictado por la Superintendencia General de Valores mediante resolución SGV-R-806 a las 10 horas treinta minutos del veintitrés de enero del 2004, específicamente en el punto tercero y cuarto del por tanto que dispuso lo siguiente: / 3) declara la responsabilidad administrativa por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22 del Reglamento para la Oferta Pública y Negociación de Títulos Extranjeros en los Mercados Internacionales por lo que se impone a Popular Valores Puesto de Bolsa S.A una sanción consistente en la amonestación privada. De acuerdo con los artículos 161,162 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores no 7732. Para los efectos de las (sic) sanción considérese la presente resolución como acto de comunicación escrita formal de conformidad con el artículo 162 inciso a) de la citada Ley una vez que adquiera firmeza. / 4) Declara la responsabilidad administrativa de Popular Valores Puesto de Bolsas S.A y el Banco Nacional de Costa Rica por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 23 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores en relación al artículo 159 inciso 16 del mismo cuerpo legal, de conformidad con el artículo 160 inciso 4 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores por lo que se le impone a cada uno de ellos la sanción de multa de cien salarios basedefinido en la ley 7337 de 5 de mayo de 1993. / 2- También solicita que se anule el acto administrativo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiera (sic), dictado mediante artículo 22 del acta de la sesión 627-2007 celebrada el 1 de febrero del 2007, en el que confirmo lo resuelto por el inferior en los siguientes puntos: / a) En cuanto dispuso sobre el fondo en el apartado cuarto titulado sobre las multas impuestas lo siguiente: Por último a efecto de cuantificar las multas impuestas al Banco Nacional y Popular Valores Puesto de Bolsas S.A., debe tomarse como base de cálculo, el monto del salario base vigente en el momento en que ocurrieron los hechos que fue el año 2001. El salario base de Ley 7337 fue publicado en el boletín Judicial número 23 del 1 de febrero del 2001 que es la suma de ¢ 120,600.00. Así el monto que corresponde a la multa de 100 salarios base es de doce millones sesenta mil colones (¢12,060,000). / B) Que también se anule el por tanto de la referida resolución en el texto que dispuso: / Con fundamento en los argumentos expuestos, en el artículo 171 inciso g) artículo 22 del Reglamento para la Oferta Pública y Negociación de Títulos Extranjeros en los mercados internacionales, artículos 1,3,23,159 inciso 16,160 inciso 4, 161 y 162 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, se declara sin lugar en todos sus extremos los recursos de apelación interpuestos por Popular Valores Puesto de Bolsa S.A y el Banco Nacional de Costa Rica y se confirma lo resuelto por la Superintendencia General de de (sic) Valores en resolución SGV-R-806 de las diez horas treinta minutos del veintitrés de enero del 2004. Asimismo se da por agotada la vía administrativa. / 3) También se solicita que se ordene reintegrar a mi representado el monto económico pagado por concepto de la multa, más los intereses legales que van desde la fecha de cancelación hasta la efectiva devolución a mi representado. / Solicito se condene en daños y perjuicios a los demandados y al pago de ambas costas del proceso”.(Folios 100 y 101)

  2. -

    En cuanto al expediente Nº 07-000370-0163-CA , el Banco Nacional de Costa Rica (BN)solicitaba que:

    "1- PRETENSIONES PRINCIPALES: / a- Se declare la nulidad absoluta de la resolución SGV-R-806 del 23 de enero del 2004 de la Superintendencia General de valores (sic) (SUGEVAL), mediante la cual se le impuso a mi representada una multa de cien salarios base definidos en la ley número 7337 del 7 de mayo de 1993, equivalentes a la suma de doce millones sesenta mil colones, por un supuesto incumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 23 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, relacionada ésta con el artículo 159 inciso 4 de ese mismo cuerpo normativo y como consecuencia de lo anterior se declare la nulidad absoluta de todos los actos posteriores incluido el acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero adoptado mediante Artículo 22 de la sesión 627-2007 del seis de febrero del dos seis, mediante el cual se confirmó la resolución anterior. / b-Se ordene a la Superintendencia General de Valores reintegrar al Banco Nacional de Costa Rica la suma de doce millones sesenta mil colones correspondientes a la multa impuesta mediante resolución SGV-R-806-del 23 de enero del 2004 de la Superintendencia General de valores (sic) (SUGEVAL), así como los intereses legales devengados por dicha suma desde el monto (sic) que el Banco Nacional hizo pago de la misma hasta la fecha en que le sean (sic) reintegrada efectivamente. / c- Se condene a la demandada al pago de los daños y perjuicios causados a mi representada, los cuales serán liquidados en la etapa de ejecución correspondiente. / d- Se condene a la demandada al pago de ambas costas de la presente acción. / 2- PRETENSIÓN SUBSIDIARIA UNO: Que en caso de ser rechazada la pretensión principal solicito subsidiariamente que en sentencia se declare: / a- Que la operación realizada entre Popular Valores Puesto de Bolsa y Banco Nacional mediante la cual el Banco Nacional proporcionó recursos financieros al primero por la suma de $22 millones de dólares americanos, para que éste cancelara la compra de bonos de deuda externa de Costa Rica, fue una operación de crédito back to back. b- Que al ser una operación de crédito back to back el traslado de títulos que realizó el día 27 de febrero del 2001 Popular Valores Puesto de Bolsa al Banco Nacional a través de traspasos directos en consecutivo del número 70021212 al 70021221, de títulos valores por un monto facial de ¢8.580,000.000.00 lo fue en forma incondicional y como garantía del crédito. / c- Que al ser una operación de crédito back to back la misma constituye una operación bancaria permitida al Banco Nacional y en consecuencia no tenía que ser realizada mediante los mecanismos propios de las operaciones bursátiles por lo que no tenía que efectuarse por medio de la Bolsa Nacional de Valores. / d- Que en razón de ser una operación back to back se anule la multa impuesta al Banco Nacional mediante la resolución SGV-R-806 del 23 de enero 2004 de la Superintendencia General de valores (sic) (SUGEVAL), consistente en una multa de cien salarios base definidos en la ley número 7337 de mayo 1993, equivalentes a la suma de doce millones sesenta mil colones, por un supuesto incumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 23 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, relacionada ésta con el artículo 159, inciso 4 de ese mismo cuerpo normativo; y ratificada mediante acuerdo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero adoptado en el Artículo 22 de la sesión 627-2007 del seis de febrero del dos mil seis, mediante el cual se confirmó la resolución anterior. / e- Se ordene a la Superintendencia General de Valores reintegrar al Banco Nacional de Costa Rica la suma de doce millones sesenta mil colones correspondientes a la multa impuesta mediante resolución SGV-R-806 del...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR