Sentencia nº 01860 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 20 de Septiembre de 2012
Ponente | Joe Campos Bonilla |
Fecha de Resolución | 20 de Septiembre de 2012 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José |
Número de Referencia | 05-020576-0042-PE |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Prórroga de prisión preventiva |
PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2012-1860 Expediente: 05-020576-0042-PE (5) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.
Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las ocho horas cuarenta y dos minutos del veinte de setiembre de dos mil doce.
Vista la solicitud de prórroga de prisión preventiva formulada por la fiscal I.M.M. , funcionaria de la Fiscalía Adjunta Contra el Crimen Organizado del Ministerio Público , este Tribunal resuelve, R. elJ. CamposB.; y, CONSIDERANDO:
I.- De la presente solicitud de prórroga al plazo de la prisión preventiva se confirió audiencia a la defensa de los imputados para que manifestaran lo que fuera de su interés, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, se entendería su renuncia a ulteriores trámites y su anuen cia a que se res o lv ier a con lo existente en el expediente .
Vencido el plazo se procede a resolver.
I I .- Planteamiento.- La representante del Ministerio Público solicita la prórroga de la prisión preventiva a la que han estado sujetos los encartados, por tres meses más, mientras se resuelven los recursos formulados contra la sentencia condenatoria dictada en contra de ellos. En apoyo a su solicitud da detalles sobre la cronología de la medida cautelar, así como de los hechos imputados, que resume en los siguientes términos: " El diecinueve de septiembre del dos mi l cinco, en horas de la tarde, E., en virtud de un contrato de transporte con la empresa Colchones Jirón, condujo el trailer de su propiedad placa […], de San José hacia Cañas en Guanacaste, pretendiendo llegar a Guatemala como destino final y llevando en el trailer noventa colchones marca Jirón, treinta y nueve bases para colchón y treinta almohadas, mercadería valorada en veintitrés millones de colones aproximadamente. En ese lapso, V., dispuso la sustracción del trailer y su carga, para lo cual coordinó la ejecución del plan, que materialmente sería llevado a cabo por O., F. y M. (Con declaratoria de ausencia). Por su parte, C. y E.P., coparticiparon en la coordinación de la ejecución de dicha sustracción y le entregaron a los ejecutores un equipo de acetileno para facilitar y obtener utilidades de la sustracción. Aproximadamente a las dieciocho horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil cinco, en Cañas de Guanacaste, sobre la carretera interamericana, en las inmediaciones del puente sobre el canal de riego, el ofendido E., estacionó el trailer al margen de...
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