Sentencia nº 00625 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 16 de Agosto de 2002

PonenteNo consta
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2002
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia97-000353-0466-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Vistas las presentes diligencias, este Tribunalresuelve; y,

CONSIDERANDO:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 443 y 444 del Código Procesal Penal por improcedente, se declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el imputado E. M.S., contra la resolución de las quince horas del dieciséis de mayo de 2002 Voto 94-02, cfr: folio: 183, toda vez que:

A.-

Según lo dispuesto por lo numerales precitados la resolución que se pretende recurrir no goza de recurso casación, ya que no pone fin al proceso, tratándose más bien de un auto que ordena la reanudación de los procedimientos, la normativa indicada dispone claramente que el recurso de Casación podrá interponerse únicamente contra las sentencias dictadas por el Tribunal de Juicio incluyendo las de Sobreseimiento; no estándose en presencia de ninguna de las anteriores lo procedente es como se indicó declarar inadmisible el Recurso de...

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