Sentencia nº 01120 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 6 de Noviembre de 2008
Ponente | Ronald Salazar Murillo |
Fecha de Resolución | 6 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Tribunal de Casación Penal de San José |
Número de Referencia | 06-003171-0525-TP |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Procedimiento de revisión |
Resolución: 2008-1120
Expediente: 06-003171-0525-TP(1)
TRIBUNAL DE CASACIÓN PENALSegundo Circuito Judicial de San José. G., a las nueve horas cuarenta minutos del seis denoviembre de dos mil ocho.
PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra M., cédula de identidad XXX, (…), hijo de M. y de D., por el delito de TENTATIVA DE ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA AGRAVADA en perjuicio de C. y OTROS. Intervienen en la decisión del procedimiento de revisión, los Jueces R.S.M., O.V.R. y R. G.V.. Se apersonaron en casación el sentenciado M. junto con su defensora pública la Licenciada L.Z.A., además el Licenciado J.A.R.C. como representante delMinisterio Público.
RESULTANDO:
I.-
Que mediante sentencia número 427-2006 de las ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil seis, el Tribunal Penal de Juicio de Desamparados, resolvió: "POR TANTO: Con fundamento en lo expuesto y art. 39 y 41 de la constitución Política, 1, 2, 3, 11, 30, 45, 50, 71, 213 incisos 2 del Código Penal, se declara a M., autor responsable de los delitos de ROBO AGRAVADO Y RESISTENCIA AGRAVADA en concurso material, en daño de E., V., C. y LA AUTORIDAD PÚBLICA, por lo que se le impone por el primero el tanto de CINCO AÑOS DE PRISIÓN y por el segundo UN AÑO DE PRISIÓN, para un total de SEIS AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los reglamentos penitenciarios, previo abono de la preventiva sufrida. Firme el fallo inscríbase en el Registro Judicial y remítanse el oficio de estilo al Instituto Nacional de Criminología para lo de su cargo.Lic. J.A.C.M., JUEZ DE JUICIO."
II
Que contra el anterior pronunciamiento interpusieron procedimiento de revisión el sentenciado M. junto con su defensora pública la Licenciada L.Z.A..
III
Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 416 del Código de Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en la revisión.
IV
Que en los procedimientos se han observado las prescripcioneslegales pertinentes.
R. elJ.S.M.; y,
CONSIDERANDO:
I.-
La demanda de revisión reúne los requisitos de admisibilidad establecidos por los artículos 408, 409 y 410 del Código Procesal Penal, entrándose a resolver los aspectos planteados. Se alega la aplicación de la ley posterior más favorable, tema que se encuentra contenido en el debido proceso, por lo que se omite la consulta constitucional de estilo.
II
En el único motivo del procedimiento...
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