Sentencia nº 00299 de Tribunal de Casación Penal de Santa Cruz, de 30 de Noviembre de 2011

PonenteIvan Agustín Gonzalez Cordero
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de Santa Cruz
Número de Referencia07-003026-0396-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

070030260396PE

VOTO299-11

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL. Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, a las catorce horas veintitrés minutos de treinta de noviembre de dos mil once.

Recurso de casación interpuesto en la presente causa seguida contra J., costarricense, cédula de identidad […], nació el 13 de julio de 1970, […], por el delito de APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDA en perjuicio de G.I. en la decisión del recurso, los jueces I.G.C., G.R. A.V. y la jueza M.M.D.. Se apersonó en casación, la licenciada K.A.P., defensorapública de la encartada.

RESULTANDO

  1. -

    Mediante sentencia No. 224-2011 de las dieciséis horas del siete de setiembre dos mil once, el Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, sede Liberia, resolvió: "POR TANTO De conformidad con lo expuesto, artículo 37, 39 y 41 de la Constitución Política, artículos 1, 30, 45, 50, 51, 71, 216 en relaciòn [sic] 223 del Código Penal, artículos 1, 6, 141, 142, 144, 184, 265, 360, 361, 363, 364, 365, 367, 370 y 459 del Código Procesal Penal, se declara a J. autor responsable del Delito de APROPIACION INDEBIDA cometido en perjuicio de G., y en dicho carácter se le impone la pena de DOS MESES DE PRISIONpena que deberá descontar en el lugar y forma que lo indiquen los respectivos reglamentos penitenciarios, previo abono de la preventiva sufrida. Son las costas del proceso a cargo del Estado. Una vez firme la sentencia inscríbase en el Registro Judicial.- Quedan notificadas las partes en forma oral. La grabación del debate queda a disposición de las partes en disco DVD para lo que a bien tengan disponer.LIC. R.C. ESQUIVEL JUEZ DE JUICIO". (Sic).

    2-. Contra el anterior pronunciamiento, la licenciada K.A.P. interpuso recurso de casación.

  2. -

    Verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el Código Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

  3. -

    En los procedimientos se han observado las prescripciones legalespertinentes.

    Redacta el juez G.C.; y,

    CONSIDERANDO

    I- La defensa pública impugna el fallo a través del cual se condenó a la justiciable por el delito de apropiación indebida y se le impuso la pena mínima de dos meses de prisión. En el primer motivo de queja, alega la falta de fundamentación probatoria descriptiva de la sentencia, ya que el juez se limitó a remitirse a la prueba documental, sin especificar su contenido o cuáles segmentos de ella incidieron en la decisión. Expone que la denuncia no es siquiera citada y, por otra parte y de manera confusa, se hace referencia a la prevención de devolver visible en el folio 6 de la sumaria y luego se menciona otra que consta en el folio 11. No se consignan datos de esos documentos, como las fechas de emisión y su contenido medular, de suerte que no es posible establecer si la acusada tenía conocimiento de su obligación de...

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