Sentencia nº 00544 de Tribunal de Casación Penal de San Ramón, de 7 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de San Ramón
Número de Referencia10-201557-0431-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de revisión

Exp: 10-201557-431-PE

Res: 2011-00544

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SECCIÓN SEGUNDA. S.R., a las nueve horas cuarenta minutos del siete diciembre de dos mil once.

Vista la anterior solicitud de revisión que formula la licenciada M.M. M., defensora pública del sentenciado J, dentro de la causa penal seguida en contra de éste por los delitos de incumplimiento de medida de protección y otro, en daño de W, y:

CONSIDERANDO:

I.-

CONTENIDO DE LA REVISIÓN. La defensora pública del sentenciado interpone solicitud de revisión, para lo cual argumenta que mediante sentencia oral Nº 254-P-2010 de las 14:45 horas del 13 de agosto de 2010, el Tribunal Penal de P. declaró al acusado autor responsable de los delitos de incumplimiento de medida de protección y violación de domicilio, imponiéndole un total de 2 años de prisión y concediéndole el beneficio de ejecución condicional de la pena, tal y como lo solicitó el fiscal en sus conclusiones debido a que aquel no registra condenas previas (cfr. certificación de folio 73), quedando inmediatamente en libertad (cfr. orden de libertad de folio 74). Pese a todo lo antes indicado, y por error del Tribunal, a inicios del presente año se giró orden de captura en contra del acusado, la cual se hizo efectiva el 12 de julio de 2011, de la cual la defensa no tuvo conocimiento hasta el 21 de octubre siguiente. La gestionante explica que, debido a lo anterior, al buscar el registro de dicha sentencia oral, sorpresivamente se enteró de que no se encontraba grabada, ante lo cual se extendió la constancia de folio 99. De acuerdo con lo argumentado, la defensora explica que el agravio sufrido consiste en la imposibilidad de controlar "lo que en su oportunidad se resolvió, y concretamente el otorgamiento del beneficio de ejecución condicional", por lo que solicita que "se anule el juicio que esta (sic) a su base y además se ordene el reenvío para la celebración de un nuevo juicio".

II

La queja se declara con lugar. De acuerdo con la constancia...

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