Sentencia nº 00390 de Tribunal de Familia, de 9 de Junio de 1995

PonenteNidya Sánchez Boschini
Fecha de Resolución 9 de Junio de 1995
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia95-000390-0012-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de separación judicial

No. 390-95

TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA Y TUTELAR DE MENORES: SAN JOSE, a las trece horas quince minutos del nueve de junio de mil novecientos noventa y cinco.

Proceso abreviado de SEPARACION JUDICIAL establecido por ALBA C.C.M. contra O.M.C. CHACON.Conoce este Tribunal del presente asunto, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado, contra la resolución dictada a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y cuatro, en cuanto le ordena hacer abandono inmediato del domicilio conyugal.

Redacta la Jueza, S., y ;

CONSIDERANDO:

I-El auto apelado de las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de junio de milnovecientos noventa y cuatro dictado por el Juzgado Segundo de Familia de esta ciudad, en lo que es objeto del recurso, ordenó al demandado abandonar el domicilio conyugal, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere podrá ordenarse su salida por medio de la Fuerza Pública.-

II-La decisión adoptada por el órgano a quo para acoger la petición que hizo la accionante, tendiente a que se obligue al demandado a salir del domicilio conyugal, es compartida por este Tribunal, razón por la que, en lo que es objeto del recurso de alzada, se confirma la misma.En casos como el que nos ocupa, debe de tenerse en cuenta, que, al presentarse una situación de controversia entre los cónyuges, al extremo que hace necesario que uno de ellos acuda a la vía juddicial solicitando la...

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