Sentencia nº 00859 de Tribunal de Familia, de 28 de Noviembre de 1996
Ponente | Ricardo González Mora |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 1996 |
Emisor | Tribunal de Familia |
Número de Referencia | 96-000663-0012-VD |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso de violencia doméstica |
VIOLENCIA DOMESTICA.
D.J.P..
CONTRA: B.M.B..-
No.859-96.-
TRIBUNAL SUPERIOR DE FAMILIA.San J., a las diez horas veinte minutos delveintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y seis.-
PROCESO DE VIOLENCIA DOMESTICA, establecido por D.J.P., mayor, casada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 0-000-000veintiséis, contra B.M.B., mayor, casado, abogado, portador de la cédula de identidad 0-000-000.Expediente tramitado ante la Alcaldía Civil deAserrí, bajo el número 31-96.Conoce este Tribunal del presente proceso, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandado contra el auto dictado a las dieciséis horas del veintisiete de setiembre de mil novecientos noventa y seis.-
REDACTAEL JUEZ G.M., Y;
CONSIDERANDO:
La señora D.J.P. invocó la protección judicial que otorga la LEY CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA No. 7586 del 25 del marzo de 1996, publicada en la Gaceta No. 83 del 2 de mayo de 1996. Esta legislación pretende garantizar la vida, integridad y dignidad de las víctimas de la violencia doméstica. Se excluye en consecuencia la discusión sobre aspectos que podrían ser propios de otro tipo de proceso, como divorcio, separación judicial o reconocimiento de unión de hecho, pero que no conllevan agresión entre los cónyuges o convivientes. Esto se recalca por cuanto la Alcaldía acumuló al de Violencia Doméstica otro proceso Contravencional, proceder que resulta incorrecto, pues se trata de pretensiones con diferente trámite, diferente competencia y hasta diferente derecho de fondo aplicable. El Tribunal procede a resolver exclusivamente lo relativo a la aplicación de la LEY CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA, por ser el aspecto a que se limita nuestra competencia funcional.-
La denunciante reclama agresión verbal y física, empujones, puñetazos, tirones de cabello y hasta amenazas de muerte. El demandado, adoptando una actitud de total afectación genérica y grosera, reclama a la actora andar "con otros" en lugares que no tiene que andar; y que ahora "toma decisiones" y "hace lo que le da la gana". Incluso acepta haber reclamado, un día que él mismo llegó a las dos de la mañana, que unos muchachos estaban viendo hacia para dentro de la casa, como si esto fuese culpa o responsabilidad de la actora. Además, confiesa que le pega a ella por la cara delante de su hijo, "para que el niño viera que su madre estaba diciendo una mala palabra y había que darle por la boca para llamarle la...
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