Sentencia nº 01747 de Tribunal de Familia, de 28 de Noviembre de 2001

PonenteOlga Marta Muñoz González
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2001
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia01-400622-0338-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso especial de filiación

INTERNO: 1560-01

ASUNTO: PROCESO ESPECIALDE PATERNIDAD

DE: M.L.Q.

CONTRA: A.A.P..-

VOTON°1747-01

TRIBUNAL DE FAMILIA.-

S.J., a lasnueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil uno.

Proceso Especial de Filiación establecido por M.L.R.Q., mayor, divorciada, ama de casa, con cédula número tres-doscientos sesenta-ciento cincuenta y seis, vecina de San Rafael de Oreamuno de Cartago contra, A.A.G.P., mayor, casado dos veces, comerciante, con cédula número tres-doscientos treinta y cuatro-ciento veinticuatro, vecino de San Rafael de Oreamuno de Cartago.- Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia-

RESULTANDO:

  1. -

    Solicita la actora que en sentencia se declare que la menor J.R.Q. es hija del demandado.-

  2. -

    El accionado se opuso a la demanda incoada en su contra e interpuso las excepciones de falta de derecho, incompetencia en razón de la materia y sine actione agit.-

  3. -

    La Licenciada P.C.G., Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, por sentencia de las diez horas del dieciocho de octubre del dos mil uno, resolvió: “POR TANTO: Razones dadas, artículos 91 y siguientes del Código de Familia, artículos 155,221 y siguientes del Código Procesal Civil, Ley de Paternidad Responsable, se declaran SIN LUGAR las excepciones de falta de derecho, incompetencia en razón de la materia y sine actione agit. CON LUGAR este proceso y al efecto se declara que J. R.Q. es hija de A.G.P. y por consiguiente...

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