Sentencia nº 00904 de Tribunal de Familia, de 26 de Junio de 2003

PonenteNo consta
Fecha de Resolución26 de Junio de 2003
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia02-400832-0631-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de investigación de paternidad

INTERNO: 546-03 PROCESO: INVESTIGACION DE PATERNIDAD

PARTES:M.D.R.S.J.

CONTRA OLDEMAR DE J.S.. VOTO NUMERO: 904-03

TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a lasocho horas diez minutos del veintiséis de junio del dos mil tres.-

De la Excepción de Falta de Incompetencia opuesta por O. de J.S.S., mayor, soltero, agricultor con cédula número dos-trescientos cincuenta y ocho-quinientos ochenta y siete, vecino de Desamparados de Alajuela, dentro del proceso abreviado de investigación de paternidad de M. delR.S.J., mayor soltera, ama de casa, con cédula número dos-trescientos ochenta-ciento veinte, vecina de Guápiles; contra O. de J.S.S. de calidades antes dichas. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por el apoderado del demandado licenciado L.A. M.M. contra el auto de las trece horas del once de marzo del año dos mil tres, dictado por Juzgado de Familia del Segundo Circuito de la Zona Atlántica, Guápiles.-

CONSIDERANDO:

I.-

Mediante resolución de las trece horas del once de marzo del dos mil tres, se rechaza excepción de falta de competencia en razón del territorio planteada por el demandado O. de J.S.S.. De dicha resolución apela el apoderado del accionado.-

II.-

El Código Procesal Civil establece las normas que regulan lo referente a la competencia, tal y como puede apreciarse de lo dispuesto en los artículos 33 y 24 ibídem. Sin embargo, por tratarse de un asunto en donde se discute la filiación y consecuentemente existir norma especial al respecto, debe estarse a lo dispuesto en la Ley N° 8101 Ley de Paternidad Responsable. Esta ley establece en su artículo 4°...

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