Sentencia nº 00347 de Tribunal de Familia, de 9 de Marzo de 2010

PonenteAlexis Vargas Soto
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2010
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia08-001245-0338-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de donación y liquidación anticipada de bienes gananciales

( ) Actor: M.

Fax. 2546-7475, L.. Marco V.V.

( ) Demandado: E.

Fax. 2221-0436 2222-2618, L.. B.A. H.

EXPEDIENTE:08-001245-338-FA

INTERNO: 268-10 (1)

ASUNTO: ORD. LIQUID. ANTICIPADA BIENES GANANCIALES

DE: M.

CONTRA: E.

VOTO No. 347-10

TRIBUNAL DE FAMILIA

San José, a las ocho horas del nueve de marzo de dos mil diez.

PROCESO ORDINARIO DE LIQUIDACIÓN ANTICIPADA DE BIENES GANANCIALES, establecido por M., mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Los Ángeles de Tarrazú, cédula de identidad número XXX, contra E., mayor, casado una vez, caficultor y ganadero, vecino de Los Ángeles de Tarrazú, cédula de identidad número XXX. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Figuracomo Apoderado Especial Judicial de la actora, el licenciado M.V.V. y como abogado director del demandado el Licenciado B.A.A.H.-

RESULTANDO

  1. -

    La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: que los bienes indicados en su demanda son gananciales y por consiguiente así deben ser declarados. Que en igual forma tiene derecho a participar en el cincuenta por ciento de las gananciales generadas por la producción y venta del café sembrado en la finca indicada en el h echo cuarto de la presente acción, gananciales que deben contemplar tanto las producidas desde que empezó la producción y venta del café en la finca referida, así como as presentes y futuras hasta el momento de la efectiva cancelación de las mismas por parte del accionado. Que la actora tiene derecho, a título de gananciales al pago del cincuenta por ciento del valor neto de las mejoras introducidas en la finca indicada en el hecho cuarto. Que así tiene derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes gananciales indicados. Que se condene al demandado al pago de ambas costas. En igual forma la actora presenta Incidente de Hechos Nuevos, el cual fue reservado para el dictado delfallo final.

  2. -

    Conferido el traslado de ley al demandado, el mismo formuló excepciones de falta de competencia y excepción de defectuosa representación, mismas que fueron rechazadas, mediante resolución de las ocho y cuarenta y nueve minutos del cinco de setiembre del año dos mil ocho. Así mismo se opuso a las pretensiones de la actora contestando en tiempo y en forma la presente demanda incoada en su contra, oponiendo las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación ad procesum y falta de interés actual y...

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