Sentencia nº 00263 de Tribunal de Familia, de 19 de Marzo de 2012

PonenteRandall Esquivel Quirós
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2012
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia10-000308-0673-NA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDeclaratoria judicial de abandono de menores

EXPEDIENTE

10-000308-0673-NA- 7 NUMERO 111-12-(3)

PROCESO:

DECLARATORIAJUDICIAL ABANDONO

ACTOR/A:

A.Y OTRO

DEMANDADO

M.Y OTRAS

VOTO NÚMERO 263-2012

TRIBUNAL DE F.J., a las trece horas y cuarenta y cuatro minutos del diecinueve de marzo de dos mil doce

Proceso DECLARATORIA JUDICIAL ABANDONO promovido por J., […] y A., […] contra M., […] y R., […]. Interviene el Patronato Nacionalde la Infancia.

RESULTANDO:

I.-

Que los señores J. y A., solicitaron la declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad K., J.Y.J. P. todos de apellidos S.H., respecto a sus padres R. Y M. Que se dé por terminada la autoridad parental que ejercen los progenitores y que se les otorgue el depósito provisional de las personas menores de edad.

II

La demandada R., debidamente notificada, contestó negativamente el presente proceso (ver contestación de demanda de folios 34 y 35 frente y vuelto). El demandado, M. fue debidamente notificado y no contestó la demanda. (ver constancia de notificación de folio 33).

III.-

La licenciada MILAGRO ROJAS ESPINOZA, J. del JUZGADO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, por sentencia de las ocho horas y cuarenta y tres minutos del diecinueve de enero del dos mil doce, resolvió: "POR TANTO: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Declaratoria Judicial de Abandono o Estado de Vulnerabilidad, promovido por J. y A. en contra de M. y R.. Se extingue a su padre M. el ejercicio de la patria potestad. Se deniega en relación a su madre R., ordenándose que una vez firme esta resolución, la entrega inmediata de los niños K., J.Y.J.P. todos de apellidos S.H. a su madre R., apercibiéndole a los actores que en casado de incumplimiento podrán ser acusados de desobediencia a la autoridad. I. esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil Provincia de San José a K. al tomo […]; J. al tomo […]. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.NOTIFÍQUESE."

IV

Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por los ACTORES contra la referida sentencia. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de Ley. En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.-

Redacta el JUEZ ESQUIVEL QUIROS: y;

CONSIDERANDO:

PRIMERO

El Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, en sentencia de las ocho horas cuarenta y tres minutos del diecinueve de enero del año dos mil doce, declaró parcialmente con lugar la demanda de declaratoria de abandono y extinguió al padre en el ejercicio de la autoridad parental sobre sus hijos. Declaró sin lugar la demanda en relación a la madre y ordenó la entrega inmediata de los menores.-

SEGUNDO

De esa sentencia se conoce en esta instancia por el recurso de apelación formulado por los señores A. y J., quienes impugnaron el rechazo de la demanda en relación con la madre, adujeron, en síntesis, que el fallo carece de un detallado análisis y valoración del recurso que ofrece la madre, alegaron que la relación de pareja con el señor J.E. no era sólida, que carece de trabajo fijo, además de que los menores han expresado que no desean vivir con la mamá. Agravios que reiteraron en esta instancia. Posteriormente el licenciado J.M.M.A., apoderado especial judicial de los apelantes, informó al Tribunal que la madre ya no tenía la relación de pareja con el señor J.E. y vivía en "un rancho con el resto de sus hermanos en San Juan Sur".

TERCERO

Se aprueba el considerando relativo a hechos probados que contiene el fallo recurrido, con excepción del hecho contenido bajo la letra L, el cual se elimina y se sustituye por el siguiente:

L) Que la señora R. terminó hace varios meses su relación de pareja con el señor J.E. (ver declaración de parte rendida por la señora R. ante este Tribunal).-

Además se enlistan los siguientes:

O) Que actualmente la señora R. labora como servidora doméstica, en un horario de Lunes a Sábado, durmiendo en su lugar de trabajo. (ver declaración de parte rendida por la señora R. ante este Tribunal).

P) Que actualmente la señora R. carece de las condiciones económicas para asumir a sus tres hijos. ( ver declaración de parte rendida por la señora R. ante este Tribunal).

Q) Que en la actualidad la señor R. visita a sus hijos los días sábados en la casa de los abuelos paternos. ( ver declaración de parte rendida por la señora R. ante este Tribunal)

CUARTO

Antes de realizar el análisis del caso concreto es oportuno tener presente algunos de los votos que ha dictado la Sala Constitucional en torno a la tutela de los derechos de la familia y delmenor:

"La tutela de los derechos de la familia y del menor de edad ha sido abordada en múltiples oportunidades por esta Sala, así, mediante sentencia número 2002-11937 de las 14:35 horas del 17 de diciembre del2002, se indicó:

“[…] VI.-

En lo que atañe al Derecho de los Derechos Humanos, es preciso indicar que la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones (…) establece una serie de derechos a cualquier niño, independientemente, de su raza o nacionalidad (artículo 2°), tales como el derecho a ser cuidado por sus padres (artículo 7º) y el derecho a un “nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social” (artículo 27). De la misma manera, ese instrumento internacional le fija una serie de obligaciones a los Estados parte o signatarios, tales como la de velar “...porque el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos ... excepto cuando, a reserva de revisión judicial, ... tal separación es necesaria en el interés superior del niño” (artículo 9° párrafo 1º) y atender toda solicitud, formulada por un niño o por sus padres, para entrar en un Estado parte o para salir de él en forma positiva, humanitaria y expedita (artículo 10, párrafo 1°). La Declaración Universal de...

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