Sentencia nº 00010 de Tribunal de Trabajo, Sección II, de 17 de Enero de 1997
| Ponente | Rolando Vega Robert |
| Fecha de Resolución | 17 de Enero de 1997 |
| Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección II |
| Número de Referencia | 94-002394-0215-LA |
| Tipo | Sentencia de fondo |
| Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
Notificando:________________________________________________
Fueentregada a:____________________________________________
A las _________horas del ____________________ se hace saber:
N10.-
TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO.- SECCION SEGUNDA.- SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, a las nueve horas cinco minutos del diecisiete de enero de mil novecientos noventa y siete.-
Ordinario seguido ante el Juzgado Tercero de Trabajo de esta ciudad, por R.P.V., mayor, casado, supervisor de rutas y jefe de chequeadores, vecino Barba de H., contra BUSES INA URUCA SOCIEDAD ANONIMA, representada por su Gerente General L.D.G.V., mayor, casado, empresario vecino de Tibás. Figuran como apoderados de la parte demandada los LICENCIADOS EDGAR NASSAR GUIER y L.G.V., ambos son mayores, solteros, abogados y vecinos de San José.-
RESULTANDO
1
Solicita el actor en su escrito de demanda que se condene a la demandada al pago de los de extremos de vacaciones, auxilio de cesantía, aguinaldo, preaviso, intereses de ley y ambas costas de la acción.-
2
La parte demandada contestó negativamente la acción y opuso las excepciones de falta de derecho, prescripción y la genérica de sine actione agit, pide que se declare sin lugar la demanda con las costas a cargo del actor.-
3
El Juzgado en sentencia de las quince horas del diez de abril de mil novecientos noventa y seis, resolvió: "Razones dadas, normas de aplicación, artículos 492 y siguientes del Código de Trabajo, se resuelve: se declara con lugar la demanda de R.P.V. contra BUSES INA URUCA SOCIEDAD ANONIMA representada por su APODERADO GENERAL JUDICIAL LIC. E.N.G.. Debe pagar la accionada al actor los siguientes extremos: por preaviso ochenta y cuatro mil ochocientos noventa y seis colones setenta y cinco céntimos; por auxilio de cesantía quinientos noventa y cuatro mil doscientos setenta y siete colones veinticinco céntimos; por aguinaldo setenta y siete mil ochocientos veintidós colones dos céntimos y por vacaciones diecinueve mil ochocientos nueve colones veintitrés céntimos. Sobre los Derechos reconocidos, deberá pagar la demandada intereses de ley, desde la fecha de presentación de la demanda. Sin Lugar las excepciones de prescripción, falta de derecho y la genérica de sine actione agit opuestas. Se condena a la demandada a pagar ambas costas de juicio, estimándose las personales en el quince por ciento del total de la condenatoria. Si esta Sentencia no fuera impugnada, elévese en consulta ante el Superior. NOTIFIQUESE"
4
Conoce este Tribunal de ese fallo en apelacióninterpuesta por la parte demandada.-
Redacta el J.S.V.R..-
CONSIDERANDO:
I.-
Que se aprueba la relación de hechos probados que contiene la sentencia de primera instancia, pero sustituyendo el hecho...
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