Sentencia nº 00066 de Tribunal Primero Civil, de 9 de Febrero de 2006

PonenteLuis Fernando Fernández Hidalgo
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2006
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia05-100041-0197-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo hipotecario

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las trece horas veinticinco minutos del nueve de febrero del año dosmil seis.

PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO, establecido ante el JuzgadoCivil y de Trabajo de Puriscal, bajo el expediente número 05-100041-197-CI. Incoado por EL PLOMO DE JILGUERAL SOCIEDAD ANONIMArepresentada por su apoderado generalísimo R.J.C., contra J.G.A. otorgó poder especial judicial al licenciado L.G.B.S.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, conoce este Tribunal del auto de las ocho horas del primero de agosto del dos mil cinco, que resolvió:" POR TANTO: Razones dadas, se rechaza el INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACION Y DE ACTUACIONES que instauró el demandado J.G.A., dentro de este principal. Son las costas procesales a cargo del incidentista

R. elJ.F.H., y;

CONSIDERANDO:

I.-

En este asunto, el demandado J.G.A., interpuso incidente de nulidad de notificación y actuaciones, por dos razones: 1) no se le notificó en forma personal, ni en su casa de habitación. 2) El remate se hizo con una base diferente a la pactada, se incluyó únicamente el capital, no los intereses. En primera instancia, se declaró sin lugar por estar firme la resolución que aprobó el remate. A., por considerar que el razonamiento de primera instancia, no es suficiente, si se acoge la nulidad de notificación, por no haberse notificado, la resolución no estaría firme.

II.-

La resolución de primera instancia debe confirmarse. La nulidad de notificación es inexistente. El incidentista aportó certificaciones de la policía de...

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