Sentencia nº 00069 de Tribunal de Trabajo, Sección IV, de 11 de Febrero de 2008
Ponente | Ana Ruth Fallas Gómez |
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2008 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección IV |
Número de Referencia | 02-002339-0166-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
020023390166LA
EXPEDIENTE:02-002339-0166-LA
PROCESO:ORDINARIO LABORAL
ACTOR:Á.H.M.
DEMANDADO:CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Voto N° 069
TRIBUNAL DE TRABAJO SECCIÓN CUARTA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las dieciocho horas concinco minutos del once de febrero de dos mil ocho .-
Ordinario seguido ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José por Á.H.M. , quien es mayor, funcionario hospitalario, vecino de Alajuela , contra Caja Costarricense de Seguro Social , representado por su Apoderado Generalísimo sin límite de suma R.A.V.U. , quien es mayor, casado, abogado, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados .-
RESULTANDO:
-
-
Solicita la parte actora que en sentencia se declare lo siguiente: 1) con lugar en todos sus extremos la presente demanda, 2) que la sanción impuesta en su contra es arbitraria por haber demostrado el actor que no incurrió en ninguna falta a sus deberes de la relación laboral con la Administración o subsidiariamente por la aplicación del principio protector en su proyección del indubio pro operario debido a la prescripción que se había producido, c) que se elimine de su expediente personal y del disciplinario la sanción impuesta, d) se condene al demandado al pago de ambas costas de ésta acción así como del proceso administrativo; daños y perjuicios ocasionados, tanto en sede administrativa como en la judicial.-
-
-
El ente demandado contestó en forma negativa la acción, y opuso la excepción de falta de derecho. Solicita se declare sin lugar en todos sus extremos la presente demanda y se condene al actor al pago de ambas costas.-
-
-
La A-quo en sentencia de las diez horas un minuto del veintinueve de mayo del año dos mil seis, resolvió el asunto así: "De conformidad con las razones expuestas, citas de ley invocadas, se declara sin lugar la presente demanda ordinaria laboral incoada por A.H.M., de calidades conocidas, contra la Caja Costarricense del Seguro Social representada por el apoderado general judicial, L.. R.V.U.. Se impone al tenor de las probanzas del expediente condenar en costas a la parte actora fijándose las personales en un 15% del total de la absolutoria.- Se advierte a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual debe interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se debe exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso, ( artículos 500 y 501 incisos c) y d) del Código de Trabajo; votos de la Sala Constitucional números 5798 de las 16:21 horas de 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas de 23 de febrero de 1999, y voto de la Sala Segunda número 386 de las 14:20 horas del 10 de diciembre de 1999. N..".-
-
-
Conoce este Tribunal deese fallo en apelación de la parte actora .-
R.J.F.G.; y,
CONSIDERANDO:
I.-
Se mantiene la relación de hechos demostrados, por responder al mérito de las probanzas incorporadas al proceso. Se elimina el Considerando Segundo sobre "HECHOS NO PROBADOS", por innecesario.
II.-
Se han revisado los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba