Sentencia nº 00881 de Tribunal Primero Civil, de 30 de Octubre de 2009
Ponente | José Javier Miranda Jiménez |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2009 |
Emisor | Tribunal Primero Civil |
Número de Referencia | 08-000152-0164-CI |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso de desahucio |
TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-
S.J., a las siete horas cincuenta minutos deltreinta de octubre del año dos mil nueve.
PROCESO DE DESAHUCIO, establecido ante el Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de S.J., expediente número 08-000152-0164-CI, por ASOCIACION DE DESARROLLO DE VECINOS DE ALAMEDA CHOROTEGA SAN JUAN DE TIBAScédula jurídica número tres- cero cero dos- cuatrocientos catorce mil cuatrocientos sesenta y dos, representada por su apoderado generalísimo J.A.A.Q., mayor, casado, vecino de Tibás, cédula de identidad número seis- ciento cincuenta y tres- ciento seis, contra E.C.A.,mayor, casado, carpintero, vecino de Tibás, cédula de identidad número uno- cuatrocientos uno- ciento sesenta y ocho y, J.M.S., casado, vecino de Tibás, cédula de identidad número nueve- cero setenta- setecientos setenta y nueve, éste últimoquien confirió poder especial judicial ala licenciada C.M.B.P..
RESULTANDO
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El Juez de Primera Instancia, en sentencia dictada a las diez horas diez minutos del veintisiete de abril de dos mil nueve, resolvió: POR TANTO: Se subsana el defecto procesal detectado, manteniéndose lo actuado y resuelto a la fecha respecto de las pretensiones acumuladas en el escrito de demanda. Se admite para mejor resolver la documental de folios 69 a 81. Razones dadas supra, SE DECLARA CON LUGAR la presente Demanda deDesahucio promovida por la ASOCIACION DE DESARROLLO DE VECINOS DE ALAMEDA CHOROTEGA SAN JUAN DE
TIBAS contra J.M.S., ordenándosele desocupar el inmueble junto a quienes lo habiten con él, expidiéndose en caso contrario oficio a la Fuerza Pública para que practiquen el desalojo. Se deniega la demanda en cuanto al extremo de Daños y Perjuicios. SE DECLARA SIN LUGAR en todos sus extremos la presente Demanda de Desahucio promovida por la ASOCIACION DE DESARROLLO DE VECINOS DE ALAMEDA CHOROTEGA SAN JUAN DE TIBAS contra E.C.A., revocándose la orden de desalojo impartida interlocutoriamente. Se deniega la solicitud de condena en Daños y Perjuicios que el codemandado C.A. plantea respecto de la actora. Se condena a la actora al pago de ambas costas respecto del codemandado C.A., y al pago de ambas costas al coaccionado M.S. respecto de la actora.
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En virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado J.M.S., conoce este Tribunal del presente proceso.
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En los procedimientos se ha observado, losplazos y las prescripciones de ley.
R.e.J.M., y;
CONSIDERANDO
I
Por ser reflejo de lo acontecido en el procesose...
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