Sentencia nº 00373 de Tribunal Primero Civil, de 11 de Mayo de 2011

PonenteGerardo Parajeles Vindas
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2011
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia11-004968-1170-CJ
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso monitorio

-Nº 373-4C-

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cuarenta minutos del once de mayo de dos mil once.

PROCESO MONITORIO, establecido ante el Juzgado Segundo de Cobro del Primero Circuito Judicial de San José, expediente número 11-004968-1170-CJ, por P.C.T.H., representado por su apoderado especial judicial licenciado M.R. R., contra COMPAÑÍA AGRÍCOLA E INDUSTRIAL SAN ISIDRO SOCIEDAD ANÓNIMA, representada por sus apoderados generalísimos C.C.T.H. y B.M.D.C.T..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto de las dieciséis horas doce minutos del ocho de marzo de dos mil once, que rechaza de plano la demanda.

R.J.P.V., y;

CONSIDERANDO

Proceso monitorio que se tramita como expediente tecnológico. En la resolución apelada de las 16 horas 12 minutos del 08 de marzo de 2011 -archivo 0002-08-03-2011- se rechaza de plano la demanda, concretamente por falta de legitimación. Sostiene, el A-quo, si bien se aporta una escritura pública de donación de créditos donde aparece la sociedad demandada como obligada, en ella no se incluye la letra de cambio al cobro porque difieren las sumas. De ese pronunciamiento apela la parte actora, quien distingue entre el capital adeudado y cedido y el monto del título valor. En ese aspecto, señala, se confunde el Juzgado. Indica, toda la negociación se produjo entre empresas familiares y sus socios, donde el principal donado fue de $ 110.000, pero en la letra de cambio se capitalizaron los intereses para...

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