Sentencia nº 00690 de Tribunal Primero Civil, de 31 de Julio de 1996

PonenteOlman Arguedas Salazar
Fecha de Resolución31 de Julio de 1996
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia96-000690-0009-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ejecutivo simple

TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO CIVIL.-

S.J., a las siete horas cuarenta minutos del treinta y uno de julio de mil novecientos noventa y seis.

PROCESO EJECUTIVO SIMPLE, establecido ante el Juzgado Primero Civil de San José, bajo el expediente número 200-96. Incoado por INVERSIONES ISTMICAS BANCRECEN DE CENTROAMERICA S.A. representada por su apoderado R.U.P., quien endosó la letra de cambio para el cobro a J.V.C. representado por sus apoderados especiales judiciales licenciados J.P. F.N. y M.L.E., contra VICENTE AGUILARHIDALGO.

En virtud de recurso de apelación interpuesto por el apoderado especial judicial del actor, conoce este Tribunal del auto-sentencia de las quince horas del catorce de marzo de mil novecientos noventa y seis, que en lo apelado resolvió condenar al demandado al pago de los intereses moratorios posteriores al veintiséis de diciembre de mil novecientos noventa y cinco al cinco punto dos por ciento mensual.

Redacta el señor J. Superior ArguedasSalazar, y;

CONSIDERANDO:

Debido a la fecha en que fue librada la letra de cambio que se cobra en este documento, esto es, treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y cinco, le son aplicables las disposiciones de la ley 7201 o Ley Reguladora del Mercado de Valores, que reformó el...

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