Sentencia nº 00644 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 3 de Agosto de 2009

PonenteBarrantes Ramírez Macario
Fecha de Resolución 3 de Agosto de 2009
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia09-000563-0031-IJ-B

Nº644-2009.-

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las quince horas diez minutos del tres de agosto del dos mil nueve.-

Procedimiento disciplinario establecido por el licenciado M.C.S. contra el licenciado R.Z.S., Juez Contravencional del Segundo Circuito Judicial de San José.-

Redacta el I.B.R.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

Mediante memorial presentado por el licenciado M.C.S., ingresado a esta oficina el veintitrés de junio del año dos mil nueve, aporta notificación del Juzgado Contravencional del Segundo Circuito Judicial de San José, donde según el señor C.S., el señor J. lo amenaza con testimoniar piezas en su contra por desobediencia a la autoridad, (folios 1 y2).-

II.-

Este Tribunal, con base en la denuncia planteada por el licenciado M.C. S., mediante resolución de las quince horas con quince minutos del veinticinco de junio último, ordenó levantar la información correspondiente y solicitar informe a la autoridad recurrida. Luego de su estudio cuidadoso, y con vista en el informe rendido por el señor Juez, licenciado R.Z. S., donde informa, que dentro de la causa número 08-002328-171-FC se convocó audiencia de conciliación, a las nueve horas y treinta minutos del quince de mayo del año dos mil nueve, llegándose a un acuerdo entre las partes, a reunirse en la oficina del licenciado M.C.S., con el fin de llegar a un arreglo extrajudicial, contando con la colaboración de un perito topógrafo, el que determinaría si existen o no las anomalías que la ofendida señala en su denuncia. Refiere que el denunciante al aportar solo como indicio la prevención, hace a este Tribunal incurrir en un error, ya que si bien es cierto el profesional no es parte interesada, éste podría serlo, porque él adquirió el compromiso para mediar entre su defendido y la quejosa para buscar solución al conflicto. Por lo anterior, se le hizo prevención para que informara el rumbo que había tomado el arreglo extrajudicial. Reafirma que lo que indica lo hace con base en la manifestación que realiza la quejosa, al señalar que el señor C.S. se negó a atenderla personalmente o por vía telefónica. Además el día dieciocho de junio del año dos mil nueve, el encartado se presentó al despacho sin su abogado y manifiesta verbalmente a la auxiliar que suabogado no había querido atenderlo. Por último, se avala lo dicho por el acusado con el escrito presentado por el licenciadoCalderón S., donde renuncia como abogado en el proceso. Indica no se ha actuado de forma arbitraria, sino...

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