Sentencia nº 00344 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 30 de Marzo de 2007

PonenteFlores Garrido Rodrigo
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorTribunal de la Inspección Judicial
Número de Referencia07-000028-0031-IJ-F

Nº 344

TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., a las trece horas y cincuenta minutos del treinta de marzodel dos mil siete.-

Queja establecida por L.R.P., contra la licenciada S.Á.G., jueza del Juzgado de Trabajo de P.. Redacta elintegrante F. Garrido; y,CONSIDERANDO:

I.-

El señor L.R.P., acusa a la licenciada S.Á.G., Jueza del Juzgado de Trabajo de Puntarenas, aduciendo que en ese Despacho se tramita el expediente número 03-000567-0418-LA, Ordinario Laboral establecido por L.R.P. contra la Junta Administrativa del Liceo Diurno de Esparza. Refiere que en ese expediente se declaró sin lugar su demanda con el argumento de que la Junta no era una entidad del Estado, sino una entidad particular. En virtud de ello apeló la sentencia, misma que fue confirmada por el Tribunal Superior de Trabajo de Puntarenas. No obstante, su abogado presentó un recurso de Casación ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, mismo que revocó la sentencia y ordenó a la Junta Administrativa el pago de sus anualidades.A partir de ese momento indica haber tenido graves problemas porque el Juzgado se niega a fijar el monto de sus anualidades indicándole que ellos tienen que consultar, refiriéndose al Ministerio de Educación, de Trabajo y Servicio Civil.-

II.-

Por resolución de las siete horas y cincuenta minutos del diecinueve de enero de dos mil siete, se le solicitó al Juez Coordinador del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de P., que informara con respecto a la queja planteada. Este se recibió el día veintitrés de febrero del dos mil siete, en el cual indica que en lo que se refiere a la ejecución de sentencia, ésta fue presentada el dieciséis de enero del dos mil seis, de la cual se dio audiencia a las partes el dieciocho de enero del mismo año. El seis de marzo siguiente se le pasó a resolver y como prueba para mejor proveer se solicitó al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social los salarios vigentes para guardas o trabajadores semicalificados para la Administración Pública y se solicitó al Ministerio de Educación, Departamento de Recursos Humanos, certificación del porcentaje utilizado por esa cartera para el cálculo de anualidades, esto porque cada institución tiene un porcentaje diferente para hacer esa clase de fijaciones.El doce de mayo, el abogado del quejoso presentó los documentos, de los que se dio audiencia. Los documentos originales llegaron el veintinueve de mayo y el quejoso solicitó el dictado de la resolución correspondiente, no...

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