Sentencia nº 00624 de Tribunal de la Inspección Judicial, de 27 de Julio de 2009
Ponente | Méndez Vargas Leda |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2009 |
Emisor | Tribunal de la Inspección Judicial |
Número de Referencia | 09-000534-0031-IJ-M |
Nº 624-2009.-
TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL.San J., a las quince horas y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil nueve.-
Procedimiento disciplinario establecido por la señora T.M.B. contra el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José.-
Redacta laInspectora General Judicial, licenciado M.V.; y, CONSIDERANDO:
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Con base en la denuncia planteada por la señora T.M.B., mediante manifestación de las diez horas cincuenta minutos del dieciséis de junio último, esta oficina ordenó levantar la información correspondiente por resolución de las trece horas con cincuenta minutos del diecinueve de ese mismo mes, misma resolución en la que se solicitó informe a la autoridad recurrida. Sobre lo denunciado, refirió la quejosa, que dentro del expediente número 03-005084-647-PE que es causa por estafa y otros seguida contra Y. T.M. y otros, se han señalado en varias ocasiones fecha y hora para la celebración del Juicio Oral y Público, el cual no se ha efectuado ya que los acusados como los defensores han dilatado la celebración, con el fin de que el asunto prescriba, ver folios 1 y 2.-
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Se encuentra, incorporado en los autos, de la presente queja, el informe rendidopor la doctora A.M.M.F., Jueza del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José. Según el informe de la señora Jueza que corre agregado a los folios 5 a 8 de estas diligencias, donde, en lo que interesa para la resolución del presente asunto, indicó, que el proceso no está próximo a prescribir ya que conforme a la normativa procesal, los señalamientos a debate interrumpen la prescripción, corriendo con esto los términos nuevamente. En cuanto al imputado ausente en el proceso en cuestión, el mismo ya fue capturado, siendo ordenada mediante resolución de las diecisiete horas treinta minutos del diecinueve de junio del año en curso, la prisión preventiva del mismo, por un plazo de tres meses. Además indica que las solicitudes de medidas cautelares y otras gestiones formuladas por la actora, han sido rechazadas porque se fundamentan en apreciaciones subjetivas que no encuentran cabida en los presupuestos procesales que autorizan el dictado de las mismas...
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