Dictamen nº 120 de 07 de Abril de 2014, de Ministerio de Justicia y Paz

EmisorMinisterio de Justicia y Paz

07 de abril, 2014

C-120-2014

Señora

Ana Isabel Garita Vílchez

Ministra de Justicia y Paz

Estimada señora:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República doy respuesta al oficio MJP-327-03-2014 de 18 de marzo de 2014, recibido el 27 de marzo, mediante el cual se solicita el dictamen preceptivo y favorable para declarar la nulidad absoluta, evidente y manifiesta del Registro de Marca N.° 229607 – Marca Reyes (Diseño) – propiedad de la empresa Nasa Investimentos, Participacoes e Gestao de Activos Ltda.

ANTECEDENTES

Luego del análisis del expediente administrativo que se adjuntó a la gestión, consideramos oportuno mencionar los siguientes antecedentes de importancia para la decisión de este asunto:

Mediante solicitud presentada el 22 de enero de 2013, el señor xxx, apoderado especial de Nasa Investimentos, Participacoes e Gestao de Activos Ltda – sociedad existente y vigente bajo las leyes de la República Federativa de Brasil -, requirió al Registro de la Propiedad Industrial la inscripción de marca de fábrica, comercio y diseño B Reye’s en clase 34 internacional (Productos relacionados con el Tabaco). Los edictos respectivos fueron publicados entre el 13 y 17 de junio de 2013. (ver folios 1 a 4 del expediente de prueba)

Por resolución de las 8:44:31 horas del 1 de febrero de 2013, el Registro de la Propiedad Industrial concedió 15 días hábiles para que se aclarara la solicitud de marca toda vez que en la descripción de la marca se consignó Reye´s en lugar de B Reye´s. (Ver folio 19 del expediente de prueba)

Por escrito de 13 de febrero de 2014, el señor xxx presentó un certificado de prioridad original. (Ver folio 21 del expediente de prueba)

Por resolución de las 15:11:22 del 19 de febrero de 2013, el Registro de Propiedad Industrial declaró inadmisible el documento de certificado de prioridad, pues el mismo no se encontraba a nombre de Nasa Investimentos, Participacoes e Gestao de Activos Ltda sino de Nasa Administracao de Bens Participacoes Ltda. (Ver folio 36 del expediente de prueba.)

Por escrito del 6 del marzo de 2013, el señor xxx presentó recurso de revocatoria contra la resolución del 19 de febrero de 2013, señalando que la diferencia de nombres entre el certificado de prioridad y la solicitud de inscripción habría obedecido a un cambio de nombre de la persona jurídica titular de la marca en Brasil. (Ver folios 38 y 39 del expediente de prueba.)

Por resolución de las 15:55:02 horas del 11 de marzo de 2013 se rechazó el recurso de revocatoria por no proceder contra providencias. Igualmente, se indicó que para la prioridad fuese aceptada debía hacerse presentando el cambio de nombre mediante una anotación independiente de la presente inscripción de marca. (Ver folios 58 y 59 del expediente de prueba.)

Por resolución de las 15:59:55 de 11 de marzo de 2013 se comunicó al solicitante de diversas objeciones para acceder al registro: a. Presentar un diseño en el que se pueda identificar y ser legible la Letra B del signo solicitado, b. El pago de la tasa correspondiente. (Ver folio 61 del expediente de prueba.)

Por escrito del 2 de abril de 2013, el señor xxx nuevamente solicito la admisión del Certificado de Prioridad pues, en su criterio, no era procedente el cambio de nombre toda vez que la solicitud de inscripción se presentó en Costa Rica ya hecho dicho trámite en Brasil. (Ver folio 53 del expediente de prueba)

Por escrito de 5 de abril de 2013, el señor xxx aportó los requisitos prevenidos en la resolución de las 15:59:55 de 11 de marzo de 2013. (Ver folio 64 del expediente de prueba)

Que el 9 de abril de 2013, se ordenó la publicación de los edictos correspondientes para la inscripción de la marca REYES´s con prioridad N.° 905146271 de fecha 13 de agosto de 2012 de Brasil. Se otorgó un plazo de 2 meses a los terceros interesados en defender sus derechos ante el Registro. Los edictos respectivos fueron publicados entre el 13 y 17 de junio de 2013 (Ver folios 66 y 67 del expediente de prueba.)

Por escrito de 6 de agosto de 2013, xxx presentó escrito de oposición a nombre de Empresa Cubana de Tabaco y Corporación Habanos S.A. Esta oposición únicamente objetó la utilización de los vocablos Habanos y Habana en la solicitud de Marca Reye´s. (ver folios 70 a 82 del expediente de prueba)

Que el Registrador, sin dar trámite ni resolver las oposiciones, inscribió la marca REYE´s bajo el registro N.° 229607. (Ver folio 69 del expediente de prueba.)

Que el 4 de noviembre de 20013, la Asesoría Jurídica del Registro elaboró el Informe de Expediente de Actividad Procesal Defectuosa en relación con el registro N.° 229607. (Ver folios 1 al 10 del expediente de nulidad de oficio)

Que por resolución N.° 549-2013 de las 11:50 horas del 5 de noviembre de 2013, la Ministra de Justicia y Paz ordenó la apertura de un procedimiento administrativo para declarar la nulidad absoluta, evidente y manifiesta del registro N.° 229607 y nombró como órgano director al Lic. Alvaro Valverde Mora y como su suplente al Lic. Thomas Montenegro Montenegro. (Ver folios 11 y 12 del expediente de nulidad de oficio.)

Que el órgano director dictó su resolución de las 11:15 horas del 14 de enero de 2014 iniciando el procedimiento para declarar la...

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