Ampliación acuerdo N° 2013-98, artículo 32, Reglamento de Cobro Administrativo y Judicial del AyA., de 17 de Enero de 2014

EmisorInstituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS

JUNTA DIRECTIVA

Acuerdo N° 2013-457

Asunto: Ampliación acuerdo N° 2013-98, artículo 32, Reglamento de Cobro Administrativo y Judicial del AyA.

En atención a la solicitud planteada por la Dirección de Finanzas mediante el oficio SGG-2013-1001, ésta junta directiva acuerda ampliar el acuerdo 2013-398, para que en el futuro el artículo 32, inciso a. i) del reglamento de Cobro Administrativo y Judicial se lea de la siguiente manera:

"Artículo 32.-El AyA declarará incobrables todas aquellas cuentas por cobrar que no hayan sido posible recuperar por medio del cobro administrativo y/ o judicial, que presentan las siguientes condiciones:

a) Atendiendo a la relación costo/beneficio del proceso cobratorio con respecto a la deuda, se podrán trasladar a incobrables las cuentas por cobrar, que cumplan de manera concurrente, con los siguientes requisitos:

i. Servicios con deudas que no sobrepasen el monto determinado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR