Sentencia nº 00065 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 20 de Marzo de 2013

PonenteLaura María León Orozco
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2013
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia12-000005-0182-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

Expediente N° 12-000005-0182-CI ACT: () MINISUPER DOS MIL, S.R.L.

Fax:22-56-41-47 DEMS: () PEI LING ZHENG Y MENGHUA CEN.

Fax: 22-80-54-69. Ó AL FAX:22-33-98-37 Atención L.R.A.G.C. D.: () SIQIN FENG NO SEÑALÓ ________________________________________________________ N° 065 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN SEGUNDA .- S.J., a las trece horas cuarenta minutos del veinte de marzo de dos mil trece.- Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO TERCERO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ, bajo el número de expediente 12-000005-0182-CI, por MINISUPER DOS MIL, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; contra P.L.Z., MENGHUA CEN y SIQIN FENG. Conoce este Tribunal y Sección de este proceso, e n virtud de apelación interpuesta por el licenciado Á.J.C., en su calidad de apoderado especial judicial del actora, contra la resolución de las trece horas cincuenta minutos del ocho de enero de dos mil trece.- REDACTA la Jueza LEÓN OROZCO; y, CONSIDERANDO:

I.- Por resolución de las 13:50 horas del 8 de enero de 2013, el juzgado, de oficio, declaró la deserción de este asunto. De lo resuelto apela el licenciado, Á.J.C., identificándose como apoderado especial judicial de la parte actora. El documento que supuestamente le otorga el poder de representación, consta a folio 20, titula “Poder especial judicial”, e indica que el señor G.F., en su condición de Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Minisúper Dos Mil Sociedad de Responsabilidad Limitada, confiere poder especial judicial al licenciado J.C. “(…) para que se apersone ante los Tribunales de Justicia Civiles o Penales e inicie todo tipo de proceso en contra de PEI LING de único apellido ZHENG (…) MENGHUA de único apellido CEN (…) y SIQIN de único apellido FENG (…) conforme con las instrucciones que he dado y con base a los hechos de la demanda que conozco y represente a la sociedad, en todas sus instancias e incidencias, oponga todo tipo de recursos conforme a la Ley sean estos ordinarios o extraordinarios. Podrá el apoderado firmar todo tipo de documento y presentar todo tipo de prueba con el objeto de que la represente debidamente en este proceso o cualquiera otro que sea iniciado, podrá además transar y transigir en caso de que exista tal posibilidad, pedir y absolver posiciones, reconocer documentos y realizar los demás actos en virtud de lo establecido en el artículo mil doscientos ochenta y nueve de dicho cuerpo legal . Este poder no tiene...

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