Sentencia nº 00638 de Tribunal Primero Civil, de 1 de Agosto de 2014

PonenteManuel Hernández Casanova
Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2014
EmisorTribunal Primero Civil
Número de Referencia14-000310-0164-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso interdictal

-Nº638-4C- TRIBUNAL PRIMERO CIVIL.- S.J., a las nueve horas veinticinco minutos (09:25 a.m.) del primero de agosto de dos mil catorce.

PROCESO INTERDICTO, establecido en el Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, expediente número 14-000310-164-CI, por ELIDA RAFAELA RUBALLOS CUELLAR, contra M.R.S..

En virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora, conoce este Tribunal del auto de las quince horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil catorce, que rechaza de plano la demanda.

R. elJ.H.C., y; CONSIDERANDO En la resolución recurrida la autoridad de primera instancia rechaza de plano la demanda interdictal, declarando en forma oficiosa la caducidad de la acción. Para resolver así, consideró el señor J. que de acuerdo con lo que relata el actor, los hechos perturbadores que originan la presente acción acaecieron el día 30 de enero de 2014, por lo que han transcurrido los tres meses entre el comienzo de los mismos y la fecha de interposición del proceso. Con ese pronunciamiento se muestra inconforme la parte actora quien alega, fundamentalmente, que la presente acción interdictal la presentó el 22 de abril del año en curso, es decir, dentro del plazo trimestral, pues lo que presentó el 12 de mayo fue una ampliación del escrito inicial en respuesta a lo resuelto por el Juzgado Civil de Menor Cuantía dictado a las 9:02 horas del 28 de abril de 2014. El agravio es insuficiente para revocar lo resuelto. No discute la recurrente la consideración...

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