Sentencia nº 00266 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 24 de Junio de 2014

PonenteJorge Arturo Camacho Morales
Fecha de Resolución24 de Junio de 2014
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia13-000310-0629-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de prórroga de medidas cautelares

Res: 2014-266 Exp: 13-000310-0629-PE Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Cartago.

A las catorce horas cincuenta y seis minutos del veinticuatro de junio de junio de dos mil catorce.

Vista la solicitud de prórroga de medida cautelar formulada por licenciado W.S.C., F.A. de Osa, se resuelve:

R. elJ. CamachoM. y; Considerando: I- Solicita el licenciado L.G.S.C., F.A. de la Fiscalía de Osa (cfr. folios 1 a 7 del legajo de medida cautelar), que se prorrogue por seis meses la medida cautelar de prisión preventiva a que ha estado sometido el justiciable [Nombre 001] , cuyo plazo ordinario de un año vence el 25 de junio del año en curso. Como fundamento de la solicitud se expone el siguiente: A) Hechos acusados: Primero: "El 18 de junio de 2013, sin poder determinar hora exacta, pero entre las seis de la tarde y las diez de la noche, en Palmar Norte de Osa, propiamente en el sector conocido como Zapote, a un contado del Río grande de Térraba, el acusado L.G.R.B., mediante el uso de un arma de fuego, dio muerte al ofendido [Nombre 003], hecho que se dio en un momento en que el imputado se desplazaba en un vehículo no identificado en la vía pública, siempre en el sector de Palmar Norte de Osa, lugar en donde interceptó al ofendido [Nombre 001], a quien el encartado tenía como sospechoso junto con otro sujeto de un intento de robo de una tienda que poseía en el centro de Palmar Norte de Osa, siendo que mediante el uso del arma de fuego que portaba obligó al ofendido a abordar dicho vehículo, para posteriormente y con la clara intención de acabar con la vida de éste se dirigió en dicho vehículo sobre la carretera interamericana sur con dirección de Palmar Norte de Osa hacia el sector de Zapote camino a Buenos Aires de P., lugar en el cual el ofendido [Nombre 001], ante lo eminente (sic) de la agresión por parte del acusado, se lanzó del vehículo hacia la rivera del Río Grande Térraba, a fin de intentar salvar su vida, circunstancia que aprovechó el encartado, quien de forma dolosa, con dominio funcional del hecho y plenamente consciente del carácter ilícito de sus actos, accionó el arma de fuego que portaba en una de sus manos en contra de la humanidad del ofendido con el único fin de acabar con la vida de éste, al cual logró impactar en al menos una ocasión por la espalda en la región subscapular (sic) derecha. Segundo: Siempre en relación con el hecho primero, la herida producida por el encartado L.G.R.B. al ofendido [Nombre 003]...

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