Sentencia nº 00008 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, de 20 de Enero de 2016

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución20 de Enero de 2016
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección I
Número de Referencia14-001715-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDesistimiento

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA Central 2545-0003. Fax 2545-0033. Correo Electrónico tproca-sgdoc@poder-judicial.go.cr Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A (Antiguo Edificio Motorola) Expediente: 14-001715-1027-CA Proceso: Conocimiento Actora: S.E.W.B. Demandada: Caja Costarricense de Seguro Social No. 008-2016 Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, anexo A. Goicoechea, a las trece horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil dieciséis.- Desistimiento formulado por la señora S.E.W.B. , soltera, médico y portadora de la cédula de identidad número uno- mil cuarenta y nueve- ochocientos sesenta y siete dentro de proceso interpuesto contra la Caja Costarricense de Seguro Social , representada por el Licenciado R.G.A.. RESULTANDO El día de hoy es recibido en estrados judiciales memorial a través del cual la parte actora solicita desistir del proceso judicial, fundamentando su decisión en el hecho que el día 22 de junio de 2015, mediante oficios TME-137-06-2015 y TME-131-06-15, se le nombró interinamente en la plaza número 21778, con el perfil de médico general, de suerte que estima que las pretensiones expuestas en este proceso carecen de interés actual. CONSIDERANDO I. Vista la solicitud de desistimiento de la demanda que formula la parte actora y de conformidad con el artículo 113 incisos 1) y 4) del Código Procesal Contencioso Administrativo, procede acoger la misma y se da por terminado el asunto y se ordena el archivo de las actuaciones. Asimismo, se dispone levantar la medida cautelar dispuesta a través de la resolución número 228- 2014-II, de las quince horas cuarenta y seis minutos del diez de junio del dos mil catorce dictada por la Sección Segunda del Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo. II. Voto salvado del J.E.S. sobre las costas. Respetuosamente me separo del voto de mayoría de los compañeros, para en su lugar resolver el presente asunto sin especial condenatoria en costas. El ordinal 197 del Código Procesal Contencioso Administrativo, establece varios supuestos en cuanto al pronunciamiento de las costas en materia de desistimientos. En primer lugar dispone que no se condenará a las costas si hay desistimiento antes de la audiencia preliminar, pero si se produce después de la audiencia preliminar se condenará a las costas si hay reclamo de la parte por medio de adición, pero siempre que se halle mérito. De modo...

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