Sentencia nº 01564 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 14 de Noviembre de 2016

PonenteJorge Luis Arce Víquez
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2016
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia08-200569-0472-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Resolución: 2016-1564 Expediente: 08-200569-0472-PE (2) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas con cinco minutos del catorce de noviembre de dos mil dieciséis. RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra J. R.S., mayor, costarricense, cédula de identidad 7-173-456, nacido en Limón el 15 de julio de 1986, hijo de V.N.R.R. y de Y.M.S.T., vecino de Limón; por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en perjuicio de M.G.C.. Intervienen en la decisión los jueces J.L.A.V., S.E.Z.M. y E.S.D.. Se apersonó en esta sede el licenciado M.M.A., apoderado especial judicial de la parte querellante y actora civil. RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 214-2016 de las catorce horas del día seis de mayo de dos mil dieciséis, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, resolvió: «POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, reglas de la sana crítica y artículos 33, 39, 41 de la Constitución Política; 1, 2, 11, 17, 18, 117 del Código Penal; 1, 2, 9, 341, 358, 359, 360, 361, 363, 364, 365, 366 del Código Procesal Penal, 1045 y 1048 del Código Civil; 122 y 124 de las Reglas Vigentes sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941, artículo 197 de la Ley de Tránsito; por el número de votos emitidos y por unanimidad, en aplicación al principio universal de In Dubio Pro Reo, se ABSUELVE de toda pena y responsabilidad al acusado J.R.S., por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, que se le ha venido atribuyendo en perjuicio de M.G.C.. En razón de lo anterior se ordena el levantamiento de cualquier medida cautelar que pesa en contra del acusado referente a la presente causa. Se declara sin lugar la Acción Civil Resarcitoria incoada por el actor civil D.G.C., representado por el Licenciado M.A.M.A., en contra del demandado civil J.R.S. solidariamente contra el codemandado civil J.F.G.D.. Se resuelve el asunto sin especial condena en Costas, tanto en el aspecto penal como en el civil, corriendo por cuenta del Estado los gastos del proceso.- Mediante lectura notifíquese.- R.M.A.S. [...] C.E.P. [...] K.P.R.» (sic). II.- Que contra el anterior pronunciamiento interpuso recurso de apelación de sentencia el licenciado M.M.A., apoderado especial judicial de la parte querellante y actora civil. III.- Que verificada la deliberación respectiva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 465 del Código Procesal Penal, el Tribunal se planteó todas las cuestiones formuladas en el recurso de apelación. IV.- Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes. Redacta el juez de Apelación de Sentencia Penal A.V.; y CONSIDERANDO: I.- El licenciado M.M.A., apoderado especial judicial de la parte querellante y actora civil, ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia y reclama porque el Tribunal de juicio hizo una errónea valoración de la prueba, defecto que incidió en una incorrecta determinación de los hechos tenidos por probados, esto así al conjeturar los Juzgadores que es posible que el imputado condujera con las luces de su vehículo taxi encendidas, a pesar de que los testigos presenciales del hecho E.G.L.G., M.A.R.E. afirmaron con seguridad que el encartado las traía apagadas, siendo que además...

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