Sentencia nº 00255 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 20 de Febrero de 2015

PonenteJoe Campos Bonilla
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2015
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia08-600340-0377-TC
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

2 Resolución: 2015-0255 Expediente: 08-600340-0377-TC (6) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las nueve horas treinta y cinco, del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra S. M.E.S., mayor, en unión libre, costarricense, cédula de identidad número 0-000-000, nacido en Alajuela el 20 de enero de 1973, hijo de J.P. y de D.E.S., vecino de Sarapiquí de Heredia; por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 75-2014, de las quince horas, del 17 de septiembre de 2014, el Tribunal Penal de Sarapiquí, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y con sustento en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 05 inciso 6) y 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 01, 30, 31, 33, 45, 103 inciso 2) y 117 del Código Penal; 190, 191, 196 y 197 de la Ley General de la Administración Pública; 01, 03, 06, 08, 09, 12, 13, 16, 37 a 41, 42, 45, 70, 71, 75, 111 a 116, 119, 124, 142 a 144, 265 a 270, y 324 a 366 y 368 del Código Procesal Penal, 706, 1045, 1048 y 1163 del Código Civil, 122 inciso 2), 124 y 125 de las de Reglas sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941, 01, 18 y 45 del Decreto Ejecutivo Número 32493-JP del Ministerio de Justicia y Paz sobre H. por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado, este Tribunal por unanimidad de votos emitidos ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD en aplicación del principio universal de in dubio pro reo a S.M.E. SALAS por UN DELITO DE HOMICIDIO CULPOSO, que le venía siendo endilgado por los querellantes como presuntamente com etido en perjuicio de [Nombre 001]. SE DECLARA SIN LUGAR EN TODOS SUS EXTREMOS la acción civil resarcitoria incoada por los ACTORES CIVILES K.M.M.R., H.M. CABEZAS, J.R.B. ROJAS Y DOMINGO V.R. en contra del demandado civil S.M.E.S.. SE DECLARA CON LUGAR la Acción Civil Resarcitoria incoada por los ACTORES CIVILES K.M.M.R., H.M. CABEZAS, J.R.B. ROJAS Y DOMINGO V.R. en contra de la demandada civil MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ y en consecuencia se condena a dicha demandada civil a pagar a los actores civiles POR CONCEPTO DE DAÑO MORAL la suma de VEINTE MILLONES DE COLONES EXACTOS para K.M.M.R., VEINTE MILLONES DE COLONES EXACTOS para H.M. CABEZAS y VEINTE MILLONES DE COLONES EXACTOS para J.R. BASTOS ROJAS, por el rubro de DAÑO...

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