Sentencia nº 00255 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 20 de Febrero de 2015
Ponente | Joe Campos Bonilla |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2015 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José |
Número de Referencia | 08-600340-0377-TC |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Recurso de apelación |
2 Resolución: 2015-0255 Expediente: 08-600340-0377-TC (6) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las nueve horas treinta y cinco, del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra S. M.E.S., mayor, en unión libre, costarricense, cédula de identidad número 0-000-000, nacido en Alajuela el 20 de enero de 1973, hijo de J.P. y de D.E.S., vecino de Sarapiquí de Heredia; por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 75-2014, de las quince horas, del 17 de septiembre de 2014, el Tribunal Penal de Sarapiquí, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y con sustento en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 05 inciso 6) y 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 01, 30, 31, 33, 45, 103 inciso 2) y 117 del Código Penal; 190, 191, 196 y 197 de la Ley General de la Administración Pública; 01, 03, 06, 08, 09, 12, 13, 16, 37 a 41, 42, 45, 70, 71, 75, 111 a 116, 119, 124, 142 a 144, 265 a 270, y 324 a 366 y 368 del Código Procesal Penal, 706, 1045, 1048 y 1163 del Código Civil, 122 inciso 2), 124 y 125 de las de Reglas sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941, 01, 18 y 45 del Decreto Ejecutivo Número 32493-JP del Ministerio de Justicia y Paz sobre H. por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado, este Tribunal por unanimidad de votos emitidos ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD en aplicación del principio universal de in dubio pro reo a S.M.E. SALAS por UN DELITO DE HOMICIDIO CULPOSO, que le venía siendo endilgado por los querellantes como presuntamente com etido en perjuicio de [Nombre 001]. SE DECLARA SIN LUGAR EN TODOS SUS EXTREMOS la acción civil resarcitoria incoada por los ACTORES CIVILES K.M.M.R., H.M. CABEZAS, J.R.B. ROJAS Y DOMINGO V.R. en contra del demandado civil S.M.E.S.. SE DECLARA CON LUGAR la Acción Civil Resarcitoria incoada por los ACTORES CIVILES K.M.M.R., H.M. CABEZAS, J.R.B. ROJAS Y DOMINGO V.R. en contra de la demandada civil MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ y en consecuencia se condena a dicha demandada civil a pagar a los actores civiles POR CONCEPTO DE DAÑO MORAL la suma de VEINTE MILLONES DE COLONES EXACTOS para K.M.M.R., VEINTE MILLONES DE COLONES EXACTOS para H.M. CABEZAS y VEINTE MILLONES DE COLONES EXACTOS para J.R. BASTOS ROJAS, por el rubro de DAÑO...
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