Sentencia nº 00014 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 30 de Enero de 2015

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución30 de Enero de 2015
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección III
Número de Referencia14-000690-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Tribunal Contencioso Administrativo, II Circuito Judicial de San José, Edificio Anexo A Central 2545-00-03 Fax 2545-00-33 Correo Electrónico tproca-sgdoc@poder-judicial.go.cr EXPEDIENTE: 14-000690-1027-CA ASUNTO: Apelación Municipal RECURRENTES: C.F.M.G.R.: Municipalidad de Mora No. 41-2015 TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA, ANEXO A DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las once horas treinta y tres minutos del treinta de enero de dos mil quince.- Conoce este Tribunal en condición de contralor no jerárquico de legalidad del recurso de apelación formulado por C.F.M.G., mayor, viudo, empresario, portador de la cédula 1-251-764 y vecino de San José, en contra de la resolución AMR-01-2014 de las 14:00 del 15 de enero de 2014, suscrita por el Alcalde de Mora. CONSIDERANDO: I.- Hechos probados. De importancia para la resolución de este asunto, se tienen como debidamente acreditados los siguientes hechos: 1) Que el día 19 de abril de 2013, la Administración Tributaria de la Municipalidad de Mora, hizo una notificación de cobro administrativo al impugnante por concepto de: Aseo de vías públicas, Mantenimiento de parques y obras e Impuesto de bienes inmuebles (ver folio 3 del expediente); 2) Que el día 18 de noviembre de 2013, el recurrente presentó recursos de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la resolución referida en el hecho anterior (ver folios7 y 8 del expediente); 3) Que mediante resolución 095-2013-AT de las 11:00 hrs del25 de noviembre de 2013, la Administración Tributaria citada rechazó el recurso de revocatoria presentado (ver folios 9 a 13 del expediente); 4) Que mediante resolución AMR-01-2014 de las 14:00 del 15 de enero de 2014, suscrita por el Alcalde de M., se rechazó el recurso de apelación interpuesto (ver folios 19 a 25 del expediente); 5) Que en razón de lo anterior, el recurrente presentó los recursos de revocatoria con apelación en subsidio en contra de la resolución de la Alcaldía indicada en el hecho anterior (ver folios 28 y 29 del expediente), y; 6) Que mediante resolución AMR-04-2014 de las 11:00 del 21 de enero de 2014, suscrita por el Alcalde de M., se rechazó el recurso de revocatoria interpuesto (ver folios 30 a 32 del expediente). II.- Alegatos de las partes. La parte impugnante señala que la propiedad no tiene cordón de caño ni cunetas por lo que nunca se le ha brindado el servicio de aseo de vías y sitios públicos. Agrega que es del conocimiento del vecindario que nunca se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR