Sentencia nº 00072 de Tribunal de Trabajo, Sección III, de 17 de Marzo de 2017

PonenteClelia Calvo Bermudez
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2017
EmisorTribunal de Trabajo, Sección III
Número de Referencia08-002003-0166-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

* 080020030166LA* Expediente: 08-002003-0166.La. Proceso: Ordinario Sector Privado. Prestaciones L.. Actor: Alba I.M.S. y otros. Demandado: Asociación Solidarista Empleados De Tienda La Gloria. "Se considerarán asociados los que suscriban la escritura constitutiva y los que sean admitidos posteriormente de acuerdo con los estatutos. Sus nombres deberán figurar en un libro de registro de miembros que llevará el nombre de la asociación. Los asientos se numerarán en orden corrido y deberán ser firmados por el secretario. En el libro deberá consignarse la razón de la desafiliación cuando ésta ocurra, de acuerdo con lo que dispongan los estatutos. Ninguna persona podrá ser compulsada a formar parte de asociación alguna, y los miembros de cada una de ellas podrán desafiliarse cuando lo deseen. En este caso, los interesados deberán solicitar su...

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