Sentencia nº 00215 de Tribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica, de 30 de Mayo de 2017

PonenteRolando Soto Castro
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorTribunal de Familia, Materia Violencia Doméstica
Número de Referencia16-001600-0651-VD
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de violencia doméstica

* 160016000651VD* EXPEDIENTE: 16-001600-0651- VD PROCESO: VIOLENCIA DOMÉSTICA SOLICITANTE: y otro PRESUNTO/A AGRESOR/A: y otros VOTO NÚMERO TRIBUNAL DE FAMILIA . S.J., a las ocho horas y cincuenta y cuatro minutos del treinta de mayo de dos mil diecisiete.- Proceso de violencia doméstica establecido por HOSPITAL SAN VICENTE DE P. , en favor de los adultos mayores [Nombre 001] , mayor, [...] y [Nombre 003] , quien en [...] contra [Nombre 002] , mayor, [Valor 001], [Nombre 004], mayor, [Valor 002], y [Nombre 005], al ser las ocho horas treinta y ocho minutos del veinte de marzo del dos mil diecisiete.- Redacta el J.S.C.; y CONSIDERANDO: I.-AGRAVIOS: Apela el señor [Nombre 005] la sentencia número 244-2017 de las ocho horas treinta y ocho minutos del veinte de marzo de dos mil diecisiete, dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica de H., mediante la cual se confirmaron las medidas de protección ordenadas interlocutoriamente. Las inconformidades del recurrente son las siguientes: 1) que no hay prueba de que él haya agredido a su madre; 2) que el problema no solo le atañe a él, sino a todos sus hermanos; 3) que no se valoró que sus hermanos desean apoderarse de los bienes de su difunto padre y 4) que la sentencia apelada no respetó las reglas de la sana crítica racional. Con base en lo anterior, pretende se revoque el fallo recurrido y se levanten las medidas de protección (ver folios 75 y 76).- II.-HECHOS PROBADOS: Se avala el elenco de hechos probados, por atenerse al mérito del expediente.- III.-SOBRE EL FONDO: Los agravios expresados no son de recibo. Nótese que a la audiencia de ley no se apersonó el apelante y que en tal diligencia se evacuaron dos testimonios, que apuntan al hecho de que don C. no aporta económicamente al sostenimiento de la presunta...

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