Sentencia nº 00285 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 10 de Marzo de 2017

PonenteRaúl Madrigal Lizano
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia16-004723-0042-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoPrórroga de prisión preventiva

Resolución: 20 17-0285 Expediente: 16-004723-0042-PE(7) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., a ser la s trece horas quince minutos, del diez de marzo de dos mil diecisiete.- Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve, R. elJ. de Apelación de Sentencia Penal Madrigal Lizano; y, CONSIDERANDO: I.- Solicitud de Medida Cautelar: La licenciada M.S.G., representante de la Fiscalía Adjunta contra la Delincuencia Organizada, solicitó la prórroga de la medida cautelar de prisión preventiva por tres meses, para el imputado J.J.M.R., a quien se le sigue causa por seis supuestos delitos de robo agravado y siete aparentes delitos de robo simple, en perjuicio de [Nombre 001] y otros. En la gestión se describen los siguientes hechos: " 1) HECHOS DE LA CAUSA #16-4723-0042-PE: PRIMERO: El treinta y uno de octubre del dos mil quince, al ser aproximadamente las 18:00 horas, el ofendido [Nombre 002], dejo el vehículo placas BCY 359, aparcado en el parqueo del local comercial Hooters, ubicado en Moravia. SEGUNDO: Al sitio, se apersonaron los acusados J.J.M.R. y D.E.M.H., en el vehículo placas MYR-258, marca Hyundai Accent (propiedad de X.V.) el cual se encontraba en poder y arrendado al imputado MORA RAMÍREZ para la fecha de los hechos. Los acusados MORA RAMÍREZ y M.H. actuando previo un plan establecido y con el fin de apoderarse de bienes ajenos en forma ilegítima, procedieron a actuar de la siguiente manera: Uno deciende del vehículo, quiebra la ventana trasera derecha del vehículo y se apoderó de un bolso color negro, con varios objetos, mientras el otro endilgado permanecía en el automóvil realizando labor de vigilancia. TERCERO: Los acusados MORA RAMÍREZ y M.H. con los bienes en su poder y valorados en cien mil colones, procedieron a huir del lugar, consumando el hecho delictivo. 2) HECHOS DE LA CAUSA # 15-24862-042-PE: PRIMERO: El 12 de noviembre del 2015, al ser aproximadamente las diecinueve horas con veinte minutos, el ofendido [Nombre 003] estaciono su vehículo marca BMW, placas 828641 en el parqueo del local comercial Hooters, ubicado en Moravia. SEGUNDO: Al sitio se apersonaron los encartados J.M.R. y D.M.H. a bordo del vehículo placas MYR258, marca Hyundai Accent (propiedad de X.V.) el cual se encontraba arrendado y en poder del endilgado MORA RAMÍREZ, para la fecha de los hechos. Los acusados MORA RAMÍREZ y M.H. con un plan previamente establecido y con el afán de apoderarse ilícitamente de bienes ajenos, procedieron de la siguiente manera: Uno de los acusados procedió a forzar el vidrio posterior izquierdo de la puerta trasera del vehículo placas 828641, desprende el vidrio y se apoderó ilícitamente de una computadora portátil marca Lenovo, modelo T420 THINKPAD, ocasionando un perjuicio de Dos millones quinientos mil colones, en tanto el otro acusado permanecía en el vehículo realizando labor de vigilancia. TERCERO: Ambos acusados MORA RAMÍREZ y M.H., con los bienes en su poder logran huir del sitio. 3) HECHOS DE LA CAUSA # 16-000316-0042-PE: PRIMERO: El dieciocho de diciembre de 2015, al ser aproximadamente las 15 horas, el ofendido [Nombre 004], dejo su vehículo placa [Valor 001], marca Toyota, en el parqueo del Centro Comercial Plaza Lincoln, dicho automotor contaba en la parte superior del techo con racks, marca Thule, color plateado. SEGUNDO: Los acusados J.J.M.R. y D.E.M.H., a bordo del vehículo placas MYR 258, marca Hyundai Accent (propiedad de X.V.) el cual se encontraba arrendado y en poder del endilgado MORA RAMÍREZ para la fecha de los acontecimientos. Los aquí acusados MORA y MURILLO circulan a bordo del automóvil por el parqueo subterráneo de dicho Centro Comercial y actuando con un plan previamente establecido para apoderarse ilícitamente de bienes ajenos, procedió uno de ellos a descender del vehículo y mediante la fuerza, desprendió los racks que estaban sobre el techo del automotor placas BCB536, valorados en Doscientos cuarenta y seis mil colones, mientras tanto el otro imputado permanecía en el automóvil...

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