Sentencia nº 00371 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 20 de Julio de 2017

PonenteAlfredo Araya Vega
Fecha de Resolución20 de Julio de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia14-000054-0636-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

1 * 140000540636PE * Expediente: 14-000054-0636-PE Contra: M.C.V.D.: Abusos sexuales a menor de edad Ofendido: D.M.C.G Res: 2017-371 Exp: 14-000054-0636-PE Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección segunda. A las trece horas con veintiséis minutos del veinte de Julio de dos mil diecisiete. Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra M. C.V.; mayor, casado, cédula de identidad número dos - doscientos cincuenta y siete - trescientos veintiséis, fecha de nacimiento veintisiete de junio de mil novecientos cuarenta y siete, por el delito de Abuso sexual contra persona menor de edad, en perjuicio de G.M.N.G.. Intervienen en la decisión del recurso los A.A.V., M.M.N., J.R.G.. Se apersonaron en apelación el licenciado J.P.S.S. en calidad de representante del Ministerio Público y la licenciada K.V.C., defensora Pública del encartado. Resultando :

  1. Que mediante sentencia número 233-2016, de las catorce horas con dieciséis minutos del diecinueve de octubre del año dos mil dieciséis, el Tribunal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, S.S.V. de Coto Brus resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política,

    8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos del Hombre, 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1, 11, 18, 20, 30, 45, 71 a 74 y 161 párrafo segundo inciso 1) del Código Penal; 1, 7, 9, 12, 142, 180 a 184, 265, 324 y siguientes, 367 y 366 del Código Procesal Penal, se declara a M.C.V. autor y único responsable de un delito de Abuso Sexual contra persona menor de edad en perjuicio de G.M.N.G.. En tal sentido se le impone la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar en el centro penitenciario, con abono de la prisión preventiva en caso que la hubiere. Por no reunir los requisitos de ley, no se le otorga el beneficio de ejecución condicional de la pena. En aplicación del Principio de Indubio Pro Reo, se absuelve de toda pena y responsabilidad a M.C. V. por tres delitos de Abuso Sexual contra persona menor de edad en perjuicio de G.M. N.G.Y.D.M.C.G.. Se rechaza la actividad procesal defectuosa interpuesta por la defensa técnica y se rechaza la solicitud de prisión preventiva por el peligro de fuga. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.- Una vez firma esta sentencia procédase conforme corresponde.- Por lectura notifíquese. K. D.R., R.A.J., J.A.G.G., Juezas y Juez de Juicio".-

  2. Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado J.P.S.S., interpuso el recurso de apelación. l

  3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso. 4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes. R. elJ.A.V., y; Considerando: I.- Mediante escritos de fechas 10 y 15 de noviembre del 2017 respectivamente, el licenciado J.P.S.S. en su condición de fiscal del Ministerio Público y la licenciada K.V.C. en su condición de defensora pública del imputado, presentan recurso de apelación contra la sentencia número 233-2017 dictada por el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Zona Sur, Sede San Vito de Coto Brus de las catorce horas con dieciséis minutos del diecinueve de octubre del año dos mil dieciséis, mediante la cual se absolvió de toda pena y responsabilidad a M.C.V. de un delito de abuso sexual contra persona menor de edad en perjuicio de G.M.N.G. y de igual modo se le condenó por un delito de abuso sexual contra...

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