Sentencia nº 00381 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 20 de Julio de 2017

PonenteAlfredo Araya Vega
Fecha de Resolución20 de Julio de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia16-000001-0538-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

1 * 160000010538PE * Expediente: 16-000001-0538-PE Contra: A. E.G. y otra Delito: Injurias y Difamación Ofendido: Alicia Picado Acuña Res: 2017-381 Exp: 16-000001-0538-PE Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, sección segunda. A las catorce horas con diecisiete minutos, del veinte de Julio dos mil diecisiete. Recurso de apelación interpuesto en la presente causa seguida contra A. E.L.; mayor, cédula de identidad número seis - trescientos cuarenta y dos - doscientos cuarenta y nueve fecha de nacimiento veinte de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, y K.J.E.L., mayor, casada, cédula de identidad número seis - doscientos noventa y dos - setecientos setenta y seis, fecha de nacimiento doce de agosto de mil novecientos setenta y ocho, por el delito de Injurias y difamación, en perjuicio de Alicia Picado Acuña. Intervienen en la decisión del recurso los jueces A.A.V., M.M.N., J.R.G.. Se apersonaron en apelación la Msc. L.M.M.C. en calidad de Apoderada especial Judicial de la parte querellante y actora civil y el licenciado J.R.V. defensor particular de la parte querellada y demandada civil. Resultando :

  1. Que mediante sentencia número 06-2017 de las diecinueve horas con treinta minutos del once de enero del año dos mil diecisiete, el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial, S.C., resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política,

    8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos del Hombre, 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1, 11, 18, 20, 30, 45, 145 y 146 del Código Penal; 1, 7, 9, 12, 142, 180 a 184, 265, 324 y siguientes, 366 del Código Procesal Penal, se absuelve de toda pena y responsabilidad a A.E. LOBO Y KAROL YOHANA ESPINOZA LOBO por los delitos de INJURIAS Y DIFAMACIÓN en perjuicio de ALICIA PICADO ACUÑA. Se declara sin lugar acción civil resarcitoria incoada por la actora civil A.P.A. en contra de las aquí demandadas civiles.Se resuelve sin especial condenatoria en costas.- Una vez firma esta sentencia procédase conforme corresponde.- Por lectura notifíquese.Karol V.D.R.. Jueza de Juicio."

  2. Que contra el anterior pronunciamiento, la MSc. L.M.M.C. en condición de Apoderada especial Judicial de la parte querellante y actora civil, interpuso el recurso de apelación.

  3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 466 del Código Procesal Penal, reformado por Ley 8837 publicada el nueve de diciembre de dos mil once (Creación de Recurso de Apelación de la Sentencia), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso. 4 . Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes. R. elJ.A.V., y; Considerando: I.- Mediante escrito de fecha 03 de febrero del 2017, la M.L.M.M.C. en su condición de abogada de la querellante y actora civil, presenta recurso de apelación contra la sentencia número 06-2017 dictada por el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Zona Sur, Sede Corredores de las diecinueve horas treinta minutos del once de enero del dos mil diecisiete, mediante la cual se absolvió de toda pena y responsabilidad a A.E.L. y Y.E.L. de un delito de Injurias y Difamación en perjuicio de Alicia Picado Acuña. Del estudio del sumario se colige que dicho recurso se presentó en tiempo conforme al plazo de ley, y de acuerdo a los presupuestos que se requieren para que la impugnación posibilite el adecuado y correcto conocimiento de las inconformidades planteadas por el recurrente, en orden al examen integral de la sentencia impugnada, tal y como lo establece el artículo

    8.2.h de la Convención Americana sobre de Derechos Humanos, artículos 458, 459, 460 y 462 del Código Procesal Penal, así como los casos H.U. vrs Costa Rica, Mohamed vrs Argentina, B. vrs Venezuela de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la impugnación de la sentencia penal. II.- El recurso de apelación interpuesto por el representante fiscal se funda en un cuatro motivos de apelación:

  4. - Violación al principio de imparcialidad y valoración indebida de la prueba. Establece que la Jueza intervino activamente en el proceso, realizando un verdadero interrogatorio y no preguntas aclaratorias. Sostiene que la Jueza tenía una teoría del caso desde el inicio del juicio, y que las preguntas formuladas tenían por orientación su acreditación. Menciona que es producto de las respuestas obtenidas en el...

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