Sentencia nº 00378 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 20 de Julio de 2017

PonenteJaime Robleto Gutiérrez
Fecha de Resolución20 de Julio de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia15-001070-0062-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoPrórroga de prisión preventiva

* 150010700062PE * Expediente: 15-001070-0062-PE Contra: S.N.M. y otros Delito: Tentativa de homicidio y otro Ofendido: J.S.E. y otro Res: 2017-378 Exp: 15-001070-0062-PE Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Segunda. A las catorce horas cinco minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete. Vista la solicitud de prórroga de la prisión preventiva presentada por el Fiscal de Corredores, Licenciado Á.G.G., conforme al artículo 258 del Código Procesal Penal, mediante escrito recibido en el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Cartago el día 11de julio de 2017 a las 16:57 horas en causa seguida contra S.N.M., M. V.S. y J.L.P.E. por los delitos de TENTATIVA DE HOMICIDIO, ROBO AGRAVADO Y TRES DELITOS DE PORTACIÓN Y TENENCIA DE ARMA PERMITIDA en perjuicio de JIMMY SOLANO ESQUIVEL, E.G. ROJAS Y LA SEGURIDAD COMÚN R. elJ.R.G., y; Considerando: I. El Fiscal de Coto Brus, Licenciado Á.G.G., mediante escrito recibido en el Tribunal de la Apelación de la Sentencia Penal de Cartago el día 7 de julio de 2017 a las 14:48 horas, conforme al artículo 258 del Código Procesal Penal, mediante escrito recibido en el Tribunal de Apelación de la Sentencia Penal de Cartago el día 11de julio de 2017 a las 16:57 horas en causa seguida contra S.N.M., M.V. S. y J.L.P.E. por los delitos de TENTATIVA DE HOMICIDIO, ROBO AGRAVADO Y TRES DELITOS DE PORTACIÓN Y TENENCIA DE ARMA PERMITIDA en perjuicio de JIMMY SOLANO ESQUIVEL, E.G. ROJAS Y LA SEGURIDAD COMÚN, solicita se prorrogue la prisión preventiva de los encausados citados por tres meses más a partir del 27 de julio y hasta el 27 de octubre de

  1. II. Indica la Fiscalía que actualmente se mantienen los presupuestos para prorrogar la medida cautelar de prisión preventiva que se impuso en su momento a los encartados pues existen suficientes elementos de convicción para sostener que los encartados son autores responsables de dos delitos de homicidio calificado en grado de tentativa, un delito de robo agravado y tres delitos de tenencia y portación de arma permitida. Sostiene que luego de realizado el debate, se dictó una sentencia condenatoria contra ambos acusados, debido a que los elementos probatorios que se evacuaron no dejaron duda de que su intención era la de acabar con la vida de los ofendidos E.F.G.R. y J.A.S.E., así como sustraer ilegítimamente el arma de fuego asignada al ofendido G.R.. Manifestó que durante el juicio oral y público se evacuó la prueba documental, y se recibieron...

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