Sentencia nº 00582 de Tribunal Agrario, de 30 de Junio de 2017

PonenteAntonio Darcia Carranza
Fecha de Resolución30 de Junio de 2017
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia06-000146-0388-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de información posesoria

* 060001460388CI* EXPEDIENTE: 06-000146-0388-CI - 2 PROCESO: INFORMACIÓN POSESORIA PROMUEVE: ANTONIO RAMOS VILLARREYAN VOTO N ° 582-F-2017 TRIBUNAL AGRARIO. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ.- A las once horas y cincuenta y ocho minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete.- PROCESO DE INFORMACIÓN POSESORIA promovida por ANTONIO ELISEO RAMOS VILLARREYNA , mayor, soltero, agricultor, vecino de Filadelfia de C., Guanacaste, cédula de residencia dos siete cero uno siete cuatro uno uno uno uno cero cero nueve dos uno. Intervienen en el proceso, la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, representada por S.F.C., mayor, abogada, vecina de San José, cédula de identidad número uno - ochocientos setenta y tres - cero veintidós, en su condición de procuradora adjunta ; y e l INSTITUTO RESULTANDO:

1.- La parte promovente interpuso las presentes diligencias de información posesoria para que por medio de esta vía se proceda a inscribir en el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: " Terreno para construir , situado en Hollywood, Filadelfia (distrito primero), C. (cantón quinto), de la provincia de Guanacaste. Linderos: Norte: Muro de contención del río Tempisque; Sur: Calle pública con un frente de once metros con noventa y cinco centímetros lineales; Este: M.C.P.; y Oeste: J.M.B.N.. Según plano catastrado número G-un millón quinientos cincuenta y un mil novecientos cincuenta y siete - dos mil doce, a nombre de A.E.R.V., fechado el tres de febrero del dos mil doce, mide de extensión cuatrocientos veinticuatro metros cuadrados," (folios 6, 25, 50, 126, 127 y 204) .-

2.- La Procuraduría General de la República se apersonó al proceso en los términos que corren de folio 37 a 39; a su vez e l Instituto de Desarrollo Rural lo hizo en el folio 140, sin manifestar ambos su oposición a las presentes diligencias. - 3 .- El juez R.V.U., del Juzgado Agrario de Se APRUEBA esta INFORMACIÓN POSESORIA. En vista de la situación de los caminos que corren frente a la finca inscrita mediante esta información, ésta quedará afectada por las reservas que indica la Ley General de Caminos Públicos, en cuanto a que el ancho mínimo de las carreteras es de veinte metros y de los caminos vecinales de catorce metros. El derecho de vía de la calle pública colindante por el rumbo sur es de doce metros. Debe la persona titulante evitar la corta o eliminación de árboles en el área de protección del río Tempisque, siendo su cauce y las corrientes de agua...

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