Sentencia nº 00393 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, de 29 de Septiembre de 2017
Ponente | Evelyn de los Ángeles Solano Ulloa |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2017 |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III |
Número de Referencia | 15-007540-1027-CA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Recurso de apelación |
EXPEDIENTE: 15-007540-1027-CA ASUNTO: Recurso de Apelación RECURRENTE: Comapan S.A. No. 393-2017 horas cuarenta y seis minutos del veintinueve de setiembre de dos mil deicisiete. CONSIDERANDO. De relevancia para efectos del presente proceso se tienen los siguientes: 1) El señor J.S.O., en su condición de Secretario con facultades de Apoderado Generalísimo de la empresa Comapan S.A., solicita a la Municipalidad de H. el 06 de noviembre de 2014, “…modificar a efectos de que en lo sucesivo la sociedad titular de la patente de licores número cinco dos ocho sea la sociedad prevaleciente de la fusión indicada, sea COMAPAN SOCIEDAD ANÓNIMA…” El titular de dicha licencia venía siendo Pacma de San José S.A., cuyo capital social íntegro pasó a integrar el capital social de Comapán S.A., mediante protocolización de piezas del acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 21 de julio del
2014. (Folios 01 a 03, 18 a 26 del expediente principal). 2) El Departamento de Servicios Tributarios de la Municipalidad de H., rechaza mediante Resolución número SST-1957-2014 de fecha 11 de noviembre de 2014, la solicitud de la empresa recurrente (Folios 31 a 32 del expediente principal). 3) En fecha 18 de noviembre de 2014, la empresa apelante presenta “Recurso de Revocatoria, Apelación y Nulidad” contra la resolución descrita en el hecho probado anterior, resultando rechazada la revocatoria mediante Resolución SST-2111-14 y elevada la apelación ante la Alcaldía Municipal (Folios 36 a 40 y 42 a 46 del expediente principal). 4) Mediante Resolución número AMH-0525-15 de las 13:30 horas del 29 de mayo de 2015, la Alcaldía Municipal rechaza el Recurso de Apelación (Folios 47 a 52 del expediente principal). 5) Inconforme con lo resuelto por el señor Alcalde, la empresa recurrente interpone en tiempo, Recurso de Revocatoria, Apelación y Nulidad” (Folios 54 a 59 del expediente principal). 7) Se rechaza mediante Resolución número AMH-0612-15 de fecha 22 de junio de 2015, el Recurso de Revocatoria interpuesto (Folios 64 a 70 del expediente principal). La parte recurrente funda su recurso en la solicitud que presentó ante el Gobierno Local de Heredia el pasado 06 de octubre de
2014. Alega que la solicitud es con el fin de que se tome nota del cambio de nombre del titular del derecho a explotar la licencia de licores en disputa y no para que sea traspasada ni transferida como cree la Municipalidad. Además, la empresa recurrente señala que a la solicitud se...
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