Sentencia nº 00781 de Tribunal Segundo Civil, Sección I, de 24 de Noviembre de 2017

PonentePatricia Molina Escobar
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2017
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección I
Número de Referencia16-000097-0638-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario civil

*160000970638CI* VOTO: 781 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN PRIMERA.- A las Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO PRIMERO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ, bajo el expediente 16-000097-0638-CI, por M.F. D.C.L.C., contra GMG SERVICIOS COSTA RICA y GMG COMERCIAL COSTA RICA, ambas SOCIEDADES ANÓNIMAS. En virtud de apelación interpuesta por el licenciado Ó.M.V.A., en calidad de co-apoderado especial judicial de la primera co-demandada citada, conoce este Tribunal y Sección de la resolución de las nueve horas veintiún minutos del treinta de junio del año en curso, la cual reservó excepciones de prescripción y caducidad para ser resueltas en sentencia.- REDACTA la J.M.E.; y, CONSIDERANDO: I.- Interpone la co-demandada GMG SERVICIOS COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA recurso de apelación, contra de la resolución de las nueve horas y veintiún minutos del treinta de junio del año dos mil diecisiete, en la que el Juzgado de instancia dispuso reservar el conocimiento de las excepciones previas de prescripción y caducidad, opuestas por esa mercantil, para el dictado de sentencia. La apelación fue admitida en auto de las trece horas y once minutos del ocho de setiembre de dos mil diecisiete.- II.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 560, inciso 4, del Código Procesal Civil, solo es apelable el auto que decida...

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