Sentencia nº 01340 de Tribunal de Trabajo, Sección IV, de 22 de Noviembre de 2017
Ponente | Kattia Auxiliadora Sequeira Muñoz |
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Tribunal de Trabajo, Sección IV |
Número de Referencia | 15-001197-0166-LA |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Proceso ordinario laboral |
* 150011970166LA*
1340.- TRIBUNAL DE APELACIONES DE TRABAJO, SECCION QUINTA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, GOICOECHEA , a l ser las ocho horas treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil die c i siete . - JUICIO ORDINARIO LABORAL incoado por C. L.D.V. , mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad número 0-000-000, contra B. C.F. , mayor, casada, comerciante, portadora de la cédula de identidad 0-000-000contra M. U.O. , mayor agricultor, portador de la cédula de identidad 0-000-000. - RESULTANDO: I. Con base en la relación de hechos y fundamentos de derecho expuestos por la parte actor a en la demanda recibida, solicita se condene a la parte accionada a cancelar lo siguiente: 1) El pago de horas extras de toda la relación laboral. 2) Vacaciones de toda la relación laboral. 3) A. de toda la relación laboral. 4) Los días feriados de toda la relación laboral. 5) Auxilio de Cesantía. 6) P. de despido. 7) Los días de descanso obligatorio en los cuales no me daban día libre. 8) Los anteriores rubros solicito me sean cancelados tomando en cuenta las horas extras de toda la relación laboral y de conformidad con el horario antes indicado. 9) La indemnización que establece el artículo 82 del Código de Trabajo, por cuanto mi despido considero que fue injustificado. 10) Los intereses que pudieran generar todas las sumas que se aprobaren. 11) Ambas costas de esta acción. 12) Indexación. II. La parte demandada contesta la acción negativamente y ambos demandados interponen las excepciones de Falta de legitimación activa y pasiva, y falta de competencia por materia resuelta interlocutoriamente. Solicitan se declare sin lugar en todos los extremos, se condene al actor en ambas costas por no existir relación laboral entre ellos y el actor. - III. El A-quo mediante resolución de fondo número 382 , de las diez horas cuarenta minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diecisiete dijo; ” De conformidad con las razones expuestas y citas de ley invocadas, se acogen las excepciones de falta de derecho, falta de interés actual y falta de legitimación ad causam pasiva y activa y se declara SIN LUGAR en todos sus extremos la presente demanda ordinaria laboral incoada por C.L.D.V. contra B.C.F. y M.U.O.. Se condena al actor al pago de ambas costas de este proceso, fijándose las personales en la suma prudencial de doscientos mil colones. Se advierte a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá...
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