Sentencia nº 00417 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil, II Circuito Judicial de San José, de 14 de Diciembre de 2017

PonenteErik Alonso Calvo Rojas
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia14-000101-1142-PJ
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución : 2017-0417 Expediente : 14-000101-1142-PJ (4) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José . G., a las catorce horas, del catorce de diciembre de dos mil diecisiete.- RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001]., [...]; por el delito de TENTATIVA DE HOMICIDIO SIMPLE, en perjuicio de [Nombre 002]. Intervienen en la decisión del recurso, el juez E.A.C.R., las juezas H.U.R. y L.A.A.. Se apersonó en esta sede la licenciada L.C.S., en representación del Ministerio Público y el licenciado F.J.S., Defensor Público de la joven encartada. RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 319-2017, de las seis horas cincuenta y ocho minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, el Juzgado Penal Juvenil Del I Circuito Judicial De La Zona Atlántica, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto y artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores, 105 y 107 del Código de Niñez y Adolescencia, 1, 2, 3, 4, 11, 12, 14, 18, 19, 20, 24, 30, 31, 71, 73, 111 del Código Penal, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 11, 12, 13, 16, 142, 360 a 365 del Código Procesal Penal, 1 al 27, 29, 44, 45, 68, 121, 122, 123 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se declara a [Nombre 001]. autora única y responsable de UN DELITO DE HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, en perjuicio de [Nombre 002] y por tal delito se le imponen las siguientes sanciones: 1) COMO SANCIÓN PRINCIPAL: el INTERNAMIENTO EN CENTRO ESPECIALIZADO por el plazo de UN AÑO; a aplicarse únicamente en caso de que se determine que [Nombre 001] . incumplió la sanción Secundaria. 2) COMO SANCIÓN SECUNDARIA PERO DE CUMPLIMIENTO PRIORITARIO: la SOCIO-EDUCATIVA DE LIBERTAD ASISTIDA por el plazo de DOS AÑOS Y SEIS MESES durante los cuales deberá cumplir con los programas que imparte la Dirección General de Adaptación Social; así mismo, SE LE IMPONE EN FORMA SIMULTÁNEA el cumplimiento de ÓRDENES DE ORIENTACIÓN Y SUPERVISIÓN por el plazo de DOS AÑOS consistentes en: 1) Mantener domicilio fijo [...] y actualizado 2) Mantenerse trabajando o estudiando; 3) Abandonar el trato con la ofendida [Nombre 002] y familiares, que implica no acercarse a su domicilio, no molestar ni perturbar. En caso de incumplimiento de la sanción secundaria...

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