Sentencia nº 00416 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil, II Circuito Judicial de San José, de 13 de Diciembre de 2017

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia17-004642-0042-PJ
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2017-0416 Expediente: 17-004642-0042-PJ (2) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José . G., a las quince horas cincuenta minutos del trece de diciembre de dos mil diecisiete.- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001]., RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 184-2017, de la s once horas cincuenta minutos del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete, el Juzgado Penal Juvenil Del I Circuito Judicial De San José, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículos 1, 11, 16, 30, 45, 213 y 281 del Código Penal, artículos 1, 9, 16, 142, 266, 267, 268, 341 a 359, 360, 366 y siguientes del Código Procesal Penal, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 al 26, 29, 44, 45, 68, 69, 100 al 109, de la Ley de Justicia Penal Juvenil, y en aplicación del principio universal in dubio pro menor, se ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD a [Nombre 001]. de , [Nombre 004] y [Nombre 005]; y UN DELITO DE ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de [Nombre 002] , [Nombre 006], [Nombre 003], [Nombre 004], [Nombre 005]. Ahora bien, de conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 14 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículos 105, 107 inciso e) del Código de la Niñez y la Adolescencia, artículos 1, 22, 30, 31, 45, 76, 111 con relación al 24, 140, 209 del Código Penal, artículos 1, 16, 142, 265, 266, 267, 268, 334, 348 del Código Procesal Penal, 1 al 26, 29, 44, 45, 68, 100 al 109, 121 y 122 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se declara a [Nombre 001]. como II.- Que contra el anterior pronunciamiento interpuso recurso de apelación la licenciada G.R.S., Defensora Pública del joven encartado. III.- Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 465 del Código de Procesal Penal, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR