Sentencia nº 00130 de Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, de 7 de Noviembre de 2017

PonenteWillian Molinari Vilchez
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2017
EmisorTribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
Número de Referencia13-001086-1178-LA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de conocimiento declarado de puro derecho

* 130010861178LA * Exp. 13-001086-1178-LA Res. 000130-F-TC-2017 TRIBUNAL DE CASACIÓN DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. S. J., a las catorce horas diez minutos del siete de noviembre de dos mil diecisiete. Proceso de conocimiento declarado de puro derecho establecido en el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda por L.R.M., no indica ocupación actual, vecina de Alajuela; contra la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL, representado quien dice ser su apoderado general judicial R.H.G.A., vecino de Heredia. Figura como apoderada especial judicial de la actora, S.P.A.S.. Las personas físicas son mayores de edad, y con las salvedades hechas, casados, abogados y vecina de San José. RESULTANDO

  1. - Con base en los hechos que expuso y disposiciones legales que citó, la actora estableció proceso de conocimiento, cuya pretensión se fijó en la audiencia preliminar, para que en sentencia se declare: “… UNO: …la nulidad de la sanción de los siguientes actos: · Nulidad de ADM-ASAO-001-2010 , del 27 de diciembre del 2010, en que la Dirección Medica (sic) del Area (sic) de Salud, de Alajuela de este. · Nulidad de ADM-ASAO-005-2011, del 06 de enero del 2011, donde se rechaza los recursos interpuestos por la administrada. · Nulidad de DASAO-400-11, del 08 de abril del 2011, donde se ratifica el despido sin responsabilidad patronal. · Nulidad de DGASAO-0424-2011, de la dirección medica (sic) del area (sic) de salud de alajuela (sic) de este que rechaza el recurso. · Nulidad de DGASAO-482-11, del 04 de mayo del

  2. · Y nulidad del oficio 8575-24-12-A, donde se comunica al (sic) acuerdo de la Junta Directiva de la Caja Costarricense del (sic) Seguro Social. …DOS: Que en consecuencia se declare con lugar las excepciones de prescripción y falta de derecho, así como la nulidad de la sanción por vicio absoluta en violación al debido proceso y se ordene la reinstalación inmediata de la señora L.R.M. a su puesto en la Caja Costarricense del (sic) Seguro Social. …TRES: Que se condene a la Caja Costarricense del (sic) Seguro Social al pago de todos los salarios ordinarios y extraordinarios, vacaciones, salario escolar y además extremos laborados dejados de percibir por la trabajadora desde el momento de su despido el 07 de mayo del 2012 hasta el momento de su efectiva reinstalación como funcionaria de esa institución. …CUATRO: En forma Subsidiaria, en caso de considerarse en sentencia firm (sic) que la demanda procede sólo parcialmente y no concediera la reinstalación pero sí los salarios y demás extremos laborados caídos, solicito se condene a la actora el pago de sus prestaciones legales correspondientes al auxilio de cesantía por los años laborados bajo las órdenes de la aquí demandada. … CINCO: Se condene a la Caja Costarricense del (sic) Seguro Social al pago de los intereses legales sobre la totalidad de las sumas concedidas en sentencia, los que se liquidaran (sic) en ejecución y que correrán desde el 07 de mayo del 2012 hasta el efectivo pago de dichas sumas a la aquí actora. …SEIS: Que se condene a la Caja Costarricense del (sic) Seguro Social al pago de ambas costas del presente proceso.”

  3. - El apoderado del ente demandado contestó negativamente y opuso las excepciones de demanda defectuosa (desistida en audiencia preliminar) y falta de...

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